Si una persona lleva 5 años trabajando en la misma empresa y ya desea retirarse, ¿con que antelación debe pasar la carta de renuncia para que no se afecten los montos de la liquidación?
La ley establece que el empleador debe entregar al trabajador un preaviso, mediante el cual le comunique la terminación del contrato de trabajo, y que, en caso de no hacerlo, podría tener ciertas consecuencias. Sin embargo, ¿también existe esta obligación para el trabajador?
A partir de la Ley 789 del 2002, pactar contractualmente un preaviso por parte del trabajador para anunciar con una antelación de 30 días su renuncia resulta ineficaz. Lo mismo ocurre con la indemnización que se ocasionaba por la renuncia intempestiva de este. Sin embargo, el empleador sí debe hacerlo si finaliza el contrato sin justa causa.