A diferencia del antiguo formato 1732, las normas que regulan la presentación del formato 2516 del año gravable 2017 indican que este se puede presentar o corregir después de la presentación o corrección del formulario 110. Además, no hay plazo específico para presentarlo ni sanción por no hacerlo.
El 20 de abril la DIAN publicó la tercera versión del prevalidador del formato 1732 para el año gravable 2016, sin expedir una nueva resolución que reemplazara a la 000019 de marzo 28 de 2017. Esta nueva versión modifica una de las preguntas de control y está relacionada con el renglón 547.
Mediante Resolución 000019 marzo de 2017, la DIAN prescribió los formatos 110 y 1732 que deberán utilizar las personas jurídicas contribuyentes del impuesto de renta para cumplir con la respectiva obligación tributaria. La nueva sobretasa gravará no solo la renta ordinaria sino también las ganancias ocasionales.