Es común la conformación de consorcios o uniones temporales entre dos o más personas jurídicas o naturales, para prestar algún servicio al Estado. Respecto a los trabajadores que tengan, serán responsables solidarios los integrantes del consorcio o la unión temporal, pues estos entes de asociación temporal no tienen personería jurídica.
Cuando una persona labora de manera independiente o en labores liberales y tiene un asistente o ayudante, a dicha persona se le tiene que pagar la totalidad de conceptos laborales y pagar de manera compartida la seguridad social.