Las entidades que adoptaron la Norma para Pymes pueden revaluar sus elementos de propiedades, planta y equipo; propiedades de inversión, y activos intangibles, en el momento de la adopción por primera vez. Para efectos del reporte de la conciliación fiscal se debe tener en cuenta lo siguiente:
Tanto la revaluación de un elemento de propiedades, planta y equipo en el estado de situación financiera de apertura –ESFA– como la venta de dicho activo revaluado tienen consecuencias y efectos que dan lugar a ajustes y cálculos. A continuación, mencionamos algunos de estos.
Los activos que se revaluaron en el momento de la adopción por primera vez, o en períodos posteriores, generan una depreciación mayor a los que se miden al costo. Esta mayor depreciación debe controlarse por separado, para efectos de la elaboración del formato 2516.
Cuando se vende un activo que había sido medido a valor razonable en la fecha del balance de apertura se generan varios efectos, entre estos, ajustes a realizar y el cálculo del impuesto diferido. En este editorial le explicamos algunos de estos efectos a través de un caso práctico.