Hay que recordar que para que un salario sea integral debe ser una suma superior a los 13 salarios mínimos. Diez que corresponden al factor salarial y tres por el factor prestacional.
Ministerio del Trabajo. Cambio de salario integral a ordinario.
El salario mínimo integral es igual a 13 salarios mínimos, que para este año sería $ 7.367.100.
Muchos trabajadores gozan de salario integral, pero hay casos donde dicho pago, es sobre lo mínimo posible. De tal manera que en esos casos, dicho valor debe aumentar automáticamente desde el 1º de enero, so pena de las implicaciones que ello puede conllevar.
Cuando hablamos de salario integral, siempre pensamos en la regla 70% factor salarial y 30% factor prestacional. Pero dichos porcentajes podrían variar sin que deje de considerarse el salario integral.
Ministerio de Protección Social. Salario integral debajo de lo legal corresponde a un contrato de trabajo sino que corresponde a un contrato de prestación de servicios, y le correspondería a la DIAN definir los impuestos y los porcentajes aplicables.
Es muy común ver contratos de salarios bajos donde fijan dicha remuneración como si fuese Salario Integral y con ello no tener que pagar primas, cesantías, horas extras y otros aspectos más, pero realmente están defraudando al trabajador.
Son varias las formas de pago, los periodos de pago y sobre todo, los valores que se pagan a un trabajador creyendo que no son salario, cuando sí lo son. Por ello, es importante recordar aspectos importantes sobre salarios.
La disposición contenida en el parágrafo 2 del artículo 206 del Estatuto Tributario aclara de qué forma, en la depuración mensual de los salarios sometidos a retenciones en la fuente, se terminaría restando el factor prestacional, cualquiera sea su monto, de los asalariados que devenguen salario integral.
El Código Laboral establece el valor mínimo que debe tener un Salario Integral y si dicho salario es el mínimo posible en el 2009, automáticamente debe cambiar en el 2010.
Regularmente es el empleador quien controla la documentación relacionada con la celebración del contrato laboral y las respectivas afiliaciones a seguridad social de su trabajador; por ello, no es generalizada la costumbre de entregar las copias respectivas, lo cual puede evitar futuros dolores de cabeza y es ajustado a la ley.
La Prima es una prestación especial por considerarse como una participación que da el empleador a sus trabajadores por las utilidades arrojadas por la empresa en su actividad diaria. Bajo esta lupa, hay muchas dudas respecto al personal de Servicio Doméstico y a otras figuras laborales.