Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: septiembre 18 2017

Decreto 1515 de 15-09-2017

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 15 septiembre, 2017

El artículo 175 de la Ley 1819 de 2016 modificó el artículo 424 del ET con el propósito de señalar los bienes excluidos del impuesto sobre las ventas, entre los cuales se encuentran los dispositivos móviles inteligentes (tabletas y celulares) cuyo valor no exceda las 22 UVT; además, con dicha modificación, en particular la relacionada con el numeral 6 del artículo 424 del ET, el artículo 1.3.1.12.10 del Decreto 1625 de 2016 relacionado con los dispositivos móviles inteligentes tiene decaimiento a partir del 1 de enero de 2017. Por lo anterior, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1515 del 15 de septiembre de 2017 con el cual sustituye las disposiciones contenidas en el artículo 1.3.1.12.10 del Decreto 1625 de 2016 y define las características de los dispositivos móviles inteligentes para efectos de la correcta aplicación de la exclusión del IVA.

Oficio 220-189360 de 24-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 24 agosto, 2017

Respecto a la responsabilidad de las sociedades de outsourcing, sobre los libros y/o papeles de comercio que archiva en el desarrollo de sus servicios, pero que son de propiedad de sociedades que ya terminaron su vinculación contractual; la Supersociedades señala que será el contrato de depósito suscrito entre depositante y depositario el que determine las pautas del cumplimiento del mismo y la responsabilidad que subyace de cada parte al momento de su terminación en cuanto a la conservación de dichos documentos y la forma en que han de ser conservados. No obstante, y en virtud de su obligación de custodia y conservación de la cosa, el depositario responderá hasta por la culpa leve en caso de pérdida o deterioro de la misma, esto, teniendo en cuenta que los libros y papeles de comercio son documentos de suma importancia para la ejecución de las obligaciones del propietario. Igualmente, es de reiterar que la sociedad depositaria de los libros y papeles respectivos posee las herramientas legales con el fin de hacer entrega de los libros y papeles que se encuentran en su custodia, en virtud de los efectos que se determinan por el artículo 1663 del Código Civil.

Concepto 016790 de 27-06-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 27 junio, 2017

La Dian señala que la posibilidad de hacer efectiva la exclusión del IVA a que hacen referencia los numerales 23 y 25 del artículo 476 del ET relacionados con los servicios de computación en la nube, se encuentra sujeta a la reglamentación expedida por el Ministerio de Tecnología de la Información y las Comunicaciones, contenida en el Decreto 1412 de 2017.

Concepto 006223 de 21-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 21 marzo, 2017

Sobre si la exención del GMF del numeral 21 del artículo 879 del ET se dará cuando la sociedad, además de su objeto social principal, desarrolle otros completamente distintos, es pertinente señalar que la norma tributaria no exige que el objeto social sea exclusivo, sino que sea principal.

Concepto 005897 de 17-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 marzo, 2017

Las “compresas y tampones higiénicos” señalados en la partida arancelaria 19.05 se encuentran gravados a la tarifa del cinco por ciento (5 %) y los pañales para bebes y artículos similares de cualquier materia se encuentran gravados con la tarifa general del 19 %, por cuanto se toma como referencia el criterio para la determinación de los bienes excluidos del literal b) del Concepto Unificado No. 000001 de 2003 problema jurídico 018 del cual se adjunta copia.

Concepto 005838 de 17-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 marzo, 2017

La Dian precisa que los productos de soporte nutricional, sin distinción alguna (incluidos los suplementos dietarios y los complementarios nutricionales en presentaciones líquidas, sólidas, granuladas, gaseosas o en polvo), se encuentran excluidos del impuesto sobre las ventas siempre y cuando se encuentren clasificados como alimentos del régimen especial según el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), y sean destinados a ser administrados por vía enteral (oral o sonda) a pacientes con patologías específicas o condiciones especiales. Por otra parte, reitera que las exclusiones en materia tributaria son de carácter restrictivo y su aplicación e interpretación es limitada a los hechos y situaciones previstas en la ley, por lo que darle un tratamiento extensivo a otro tipo de bienes o productos no establecidos en el desarrollo de la ley desconfigura el propósito de la norma y vulnera el principio de legalidad.

Concepto 005421 de 14-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 14 marzo, 2017

Respecto al artículo 192 de la Ley 1819 de 2016, la tarifa del impuesto sobre las ventas aplicable a los contratos celebrados con entidades públicas o estatales será la vigente en la fecha de la resolución, acto de adjudicación, o suscripción del respectivo contrato. Si tales contratos son adicionados, a dicha adición le son aplicables las disposiciones vigentes al momento de la celebración de la misma.

Sentencia S2017-000147 de 13-03-2017

Derecho Laboral, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD Publicado: 13 marzo, 2017

La Superintendencia de Salud recordó que a partir de 2011 con la expedición de la Ley 1468 se estableció como requisito para acceder a la licencia de paternidad la cotización mínima de 2 semanas previas al parto, sin que puedan admitirse interpretaciones soportadas en pronunciamientos judiciales que no se encuentren vigentes o en normas anteriores que regulen situaciones jurídicas diferentes. Por otra parte, la Supersalud señala que en el proceso de financiamiento de la licencia de paternidad existe una relación directa entre la cotización que se realiza por el afiliado y lo que se recibe por concepto de la prestación económica, por lo que el artículo 1 de la Ley 1438 de 2011 resulta congruente con los parámetros de equilibrio financiero, siendo procedente el reconocimiento de una licencia de paternidad correspondiente a 8 días hábiles por la cotización de las 2 semanas previas al parto.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,