En esta plantilla se ilustran los cálculos con los cuales se definiría la base especial para generar el IVA en los servicios del art. 462-1 del E.T. Base que fue reglamentada con el art. 11 del Decreto 1794 de agosto de 2013.
¿Qué valores deben ser incluidos en la liquidación del contrato de una persona que prestó servicios de vigilancias por seis (6) meses?
En Colombia, el concepto de Administración, Imprevistos, Utilidad –AIU–, se utiliza para la determinación del impuesto sobre las ventas en algunos servicios determinados. A continuación, se presenta la normatividad que rige el AIU en cada uno de los servicios y contratos en que es aplicable esta figura, el porcentaje mínimo de AIU, y las tarifas y bases para el cálculo del IVA y de la retención en la fuente.
De acuerdo con el artículo 462-1 del ET los servicios integrales de aseo, y los de vigilancia autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, se encuentran gravados con IVA a la tarifa del 16%, la cual se debe aplicar sobre la parte correspondiente al AIU (este último no puede ser inferior al 10% […]
De acuerdo con el artículo 462-1 del ET, en los servicios integrales de aseo y cafetería, y en los de vigilancia, el IVA se debe calcular sobre el porcentaje correspondiente al AIU; la tarifa a aplicar es del 16%.