Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: símbolos notorios

Concepto 1526728 de 10-08-2015

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 10 agosto, 2015

Superindustria y Comercio. Los signos distintivos notorios no requieren estar registrados para ser protegidos. La notoriedad es un hecho que se da en el mercado y que se alega con el propósito de impedir el registro de otra marca o de lograr su nulidad y no con el de declararla.

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