Corte Constitucional. Recordó que toda Entidad Promotora de Salud –EPS– debe brindar un trato especial a las personas en situación de discapacidad así como también a todas aquellas que por su condición de salud se les dificulte realizar los tramites necesarios para la petición de citas medicas.
Corte Suprema de Justicia. Afirmó que no toda discapacidad hace efectivo el beneficio de estabilidad laboral reforzada.