Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: ventas atípicas

Sentencia 00002175 de 14-02-2018

Derecho Comercial, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD Publicado: 14 febrero, 2018

La Superitendencia precisa que la norma contempla mecanismos expresos y expeditos que garanticen los derechos del consumidor de recibir bienes y servicios acordes con las condiciones ofrecidas y a replantear su decisión de compra cuando su consentimiento se vio determinado por las condiciones en las que se le abordó para concretar el negocio. Es así como, en el marco del derecho del retracto, se habilita al consumidor para modificar su decisión de compra. Esto, siempre y cuando el derecho se ejercite dentro de la oportunidad contemplada para ello. Al respecto, el artículo 47 del Estatuto de Protección al Consumidor es claro al relacionar los efectos del ejercicio del derecho de retrato, por lo que no le es dable al proveedor negarse, guardar silencio, condicionar la devolución del dinero o presionar al consumidor para aceptar un bien o servicio diferente al inicialmente adquirido. Esto último, dado que la única acción procedente, una vez ejercido el derecho, es la devolución del dinero cancelado a título de precio por el bien o servicio adquirido mediante la venta a distancia o financiada.

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