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IASB hace un llamado para alinear el Estándar para Pymes con el Pleno

Los comentarios se recibirán hasta el 27 de julio de 2020.

Se solicitan puntos de vista para alinear el Estándar para Pymes con los principios de la NIIF 9 – Instrumentos financieros, la NIIF 15 – Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes y la NIIF 16 – Arrendamientos.

Fecha de publicación: 1 de abril de 2020
IASB hace un llamado para alinear el Estándar para Pymes con el Pleno
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Los comentarios se recibirán hasta el 27 de julio de 2020.

Se solicitan puntos de vista para alinear el Estándar para Pymes con los principios de la NIIF 9 – Instrumentos financieros, la NIIF 15 – Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes y la NIIF 16 – Arrendamientos.

La idea que tienen las entidades es alinear estas normas con el Estándar Pleno

Para este propósito, se pone a disposición de la comunidad contable el documento Norma NIIF® para las PYMES: petición de información. Revisión integral de la Norma NIIF para las PYMES, sobre el cual se estarán recibiendo opiniones hasta el 27 de julio de este año.

¿Por qué el IASB realizará una segunda revisión integral de del Estándar para las Pymes?

El Consejo emitió el Estándar para las Pymes en julio de 2009 en respuesta a un fuerte apoyo internacional a una norma enfocada para pequeñas y medianas entidades.

Después de analizar los comentarios recibidos durante el desarrollo del Estándar para las Pymes, el Consejo tomó la decisión de revisar la norma periódicamente.

La primera revisión integral del Estándar para las Pymes comenzó en 2012; una norma modificada se emitió en 2015 y comenzó a regir el 1 de enero de 2017.

Sobre la base de las opiniones de la primera revisión, el Consejo manifestó su apoyo para llevar a cabo una revisión integral del Estándar para las Pymes que comenzaría no antes de dos años, desde la fecha de vigencia de las modificaciones realizadas a dicha normativa en la revisión integral previa.

¿Sobre qué temas busca opiniones el Consejo?

NIIF 15 – Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes

El Consejo pide información adicional sobre tres posibles alternativas para alinear la sección 23 de las NIIF para las Pymes con la NIIF 15:

  • Alternativa 1: modificar la sección 23 para eliminar las diferencias claras en los resultados, sin tener que rehacer completamente la sección 23.
  • Alternativa 2: escribir de nuevo totalmente la sección 23 para reflejar los principios y el lenguaje utilizados en la NIIF 15.
  • Alternativa 3: decidir no modificar la sección 23 como parte de la segunda revisión integral.

El Consejo busca opiniones sobre si, en caso de proceder con la alternativa 1 o 2:

  • Permitir a una entidad que continúe con su actual política de reconocimiento de ingresos para contratos que ya están en progreso en la fecha de transición o programados para que se completen en un plazo de tiempo establecido después de la fecha de transición.
  • Ofrecer la exención transitoria mediante otro método.
  • No prever la exención transitoria.

NIIF16 – Arrendamientos

El Consejo busca opiniones sobre la alineación de la sección 20 de las NIIF para las Pymes con la NIIF 16 y:

  • La simplificación de los requerimientos para la medición de los pagos por arrendamiento variables.
  • La simplificación de la manera en que una entidad establece la tasa de descuento.
  • La simplificación de la manera en que una entidad establece y vuelve a evaluar la duración del arrendamiento.
  • La simplificación de la medición consiguiente (revaluación) del pasivo por el arrendamiento.
  • El mantenimiento de las revelaciones existentes para los arrendamientos financieros.

Alinear diferentes secciones de las NIIF para las Pymes para tener en cuenta las modificaciones a las NIIF y las interpretaciones CINIIF

El Consejo busca opiniones sobre si alinear (y cómo hacerlo) las NIIF para las Pymes con las modificaciones a las NIIF y las interpretaciones CINIIF, expuestas en el apéndice A de la petición de información.

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