La cuantía mínima de retención en la fuente para los colocadores independientes de juegos de suerte y azar es de 5 UVT diarias.
El valor de la UVT fijado por la Dian para 2022 es de $38.004.
Aquí te contamos cuál es el valor en pesos de este indicador y la normativa que lo regula.
La cuantía mínima de retención en la fuente para los colocadores independientes de juegos de suerte y azar es de 5 UVT diarias.
El valor de la UVT fijado por la Dian para 2022 es de $38.004.
Aquí te contamos cuál es el valor en pesos de este indicador y la normativa que lo regula.
El artículo 401-1 del Estatuto Tributario –ET– establece que los ingresos recibidos por los colocadores independientes se encuentran sometidos a una retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta del tres por ciento (3 %).
Sin embargo, dicha retención solo se practicará cuando los ingresos diarios de cada colocador independiente excedan las 5 UVT.
Teniendo en cuenta que la Dian, a través de la Resolución 000140 de noviembre 25 de 2021, fijó en $38.004 el valor de la UVT que regirá en 2022, la cuantía mínima para saber si un colocador independiente de juegos de suerte y azar estará sometido a retención queda establecida en $190.000 (5 UVT calculadas a un valor de $38.004 cada una).
Así mismo, vale la pena recordar que las cuantías mínimas para la aplicación de retención en la fuente en la colocación independiente de juegos de suerte y azar de los últimos cinco años han sido las siguientes:
Año |
Valor UVT |
Valor base |
2021 |
$36.308 |
$182.000 |
2020 |
$35.607 |
$178.000 |
2019 |
$34.270 |
$171.000 |
2018 |
$33.156 |
$166.000 |
2017 |
$31.859 |
$159.000 |