Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dian levanta contingencia para presentar declaración de renta


Actualizado: 12 abril, 2018 (hace 6 años)

La Dian, informó que, según la certificación de la Subdirección de Tecnología y Telecomunicaciones, el 12 de abril de 2018 se estabilizó el servicio para la presentación de las declaraciones de renta año gravable 2017, formulario 110.

En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 579-2 del Estatuto Tributario se informa que las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y los contribuyentes del régimen tributario especial, diferentes a los calificados como Grandes Contribuyentes, que tenían plazo hasta el 10 de abril (NIT terminados del 96 al 00) y 11 de abril (NIT terminados del 91 al 95), así como los Grandes Contribuyentes que tenían plazo hasta el 10 de abril (NIT terminado en 0) y 11 de abril (NIT terminado en 9), tendrán plazo para presentar la declaración virtual del Impuesto Sobre la Renta y Complementario del año gravable 2017, a más tardar mañana viernes 13 de abril de 2018 sin liquidar la sanción de extemporaneidad establecida en el artículo 641 del Estatuto Tributario.

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