Nuevos recursos
ACTUALIDAD - 1 julio, 2025
Derecho Laboral - 1 julio, 2025
Calendarios - 1 julio, 2025
FORMATOS - 1 julio, 2025
Certificaciones - 1 julio, 2025
ACTUALIDAD - 27 junio, 2025
ACTUALIDAD - 27 junio, 2025
Especiales - 27 junio, 2025
ACTUALIDAD - 26 junio, 2025
FORMATOS - 26 junio, 2025
Certificaciones - 26 junio, 2025
ACTUALIDAD - 26 junio, 2025
Certificaciones - 26 junio, 2025
ACTUALIDAD - 25 junio, 2025
ACTUALIDAD - 25 junio, 2025
Capacitación - 28 junio, 2025
Guía Actualícese - 20 junio, 2025
Curso - 20 junio, 2025
Guía Multiformato - 13 junio, 2025
Capacitación - 7 junio, 2025
Artículo 458. Base gravable en los retiros de bienes. <Artículo modificado por el artículo 7 de la Ley 1943 de 2018>. En los retiros a que se refiere el literal b) del artículo 421 del Estatuto Tributario, le base gravable será el valor comercial de los bienes.
**
Legislación anterior
Texto original del Estatuto Tributario
Artículo 458. Base gravable en los retiros de bienes corporales muebles. En los retiros a que se refiere el literal b) del artículo 421, la base gravable será el valor comercial de los bienes.
Nota de vigencia
Concordancia
Doctrina
Nota del Editor