Artículo 567
Artículo 567 Corrección de actuaciones enviadas a dirección errada Cuando la liquidación de impuestos se hubiere enviado a una dirección distinta de la registrada o de la posteriormente informada por el contribuyente habrá lugar a corregir el error en cualquier tiempo enviándola a la dirección correcta
En este último caso los términos legales sólo comenzarán a correr a partir de la notificación hecha en debida forma
La misma regla se aplicará en lo relativo al envío de citaciones requerimientos y otros comunicados
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