En la siguiente guía en Excel podrá encontrar discriminadas las tarifas y cuantías mínimas de retención en la fuente a título de renta para el año 2020. Algunos de los conceptos abordados son compras, servicios, arrendamientos, honorarios y comisiones. Tenga en cuenta la UVT para 2020 es de $35.607.
En la siguiente tabla de retención en la fuente podrá encontrar discriminadas las tarifas y cuantías mínimas aplicables para el año 2020.
Algunos de los conceptos abordados son compras, servicios, arrendamientos, honorarios y comisiones. Tenga en cuenta que la UVT para 2020 es de $35.607.
Tabla de retención en la fuente 2020 versión imprimir
Las tarifas de retención en la fuente a título de renta para el año 2020 por conceptos tales como compras, servicios, arrendamientos, honorarios y comisiones, entre otros, se encuentran discriminadas en la siguiente guía con sus respectivos topes en UVT y la cifra correspondiente en pesos (el monto de UVT para 2020 es de $35.607).
Compartimos la siguiente guía en la que exponemos los diferentes conceptos y tarifas de retención en la fuente a título de renta para 2020 con sus correspondientes cuantías mínimas en UVT y en pesos.
Tenga en cuenta que podrá descargar la versión de esta tabla en Excel al final de este editorial:
Conceptos |
Cuantía mínima en UVT |
Cuantía mínima en
|
Tarifa |
|
Compras |
Compras en general para obligados a declarar renta. |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
2,5 % |
Compras en general para no obligados a declarar renta. |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
3,5 % |
|
Compra de café pergamino o cereza. |
> 160 UVT |
> 5.697.000 |
0,5 % |
|
Compras con tarjetas débito o crédito. |
No aplica |
100% |
1,5 % |
|
Compra de productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial. |
> 92 UVT |
> 3.276.000 |
1,5 % |
|
Compra de bienes y productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial, llevada a cabo por personas jurídicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores (vendedor obligado a declarar). |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
2,5 % |
|
Compra de bienes y productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial, llevada a cabo por personas jurídicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores (vendedor no obligado a declarar). |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
3,5 % |
|
Adquisición de bienes raíces para uso de vivienda de habitación por las primeras 20.000 UVT. |
Hasta 20.000 UVT |
≤ 712.140.000 |
1,0 % |
|
Adquisición de bienes raíces para uso de vivienda de habitación cuando exceda las 20.000 UVT (al excedente se le aplicará la tarifa aquí señalada). |
Más de 20.000 UVT |
> 712.140.000 |
2,5 % |
|
Adquisición de bienes raíces para uso diferente a vivienda de habitación, si el vendedor es persona jurídica, sociedad de hecho o persona natural declarante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 368-2 del ET. |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
2,5 % |
|
Adquisición de vehículos. |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
1,0 % |
|
Compra de combustibles derivados del petróleo. |
No aplica |
100% |
0,1 % |
|
Enajenación de activos fijos para personas naturales (el vendedor es persona natural no agente de retención). |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
1,0 % |
|
Arrendamientos |
Arrendamientos de bienes muebles. |
No aplica |
100% |
4,0 % |
Arrendamiento de bienes raíces para obligados a declarar renta (arrendador obligado a declarar). |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
3,5 % |
|
Arrendamiento de bienes raíces para no obligados a declarar renta (arrendador no obligado a declarar). |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
3,5 % |
|
Honorarios y comisiones |
Honorarios y comisiones para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales declarantes de renta. |
No aplica |
100% |
11,0 % |
Honorarios y comisiones para no declarantes de renta (la tarifa depende de las condiciones estipuladas en los literales a) y b) del artículo 1 del Decreto 260 de 2001). |
No aplica |
100% |
10 % u 11 % |
|
Comisiones en el sector financiero. |
No aplica |
100% |
11,0 % |
|
Comisiones por transacciones en bolsa. |
No aplica |
100% |
3,0 % |
|
Contratos y consultorías |
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales o jurídicas y entidades contribuyentes del impuesto de renta. |
No aplica |
100% |
6,0 % |
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales, consorcios o uniones temporales cuyos miembros sean personas naturales declarantes del impuesto de renta. |
Más de 3.300 |
> 117.503.000 |
6,0 % |
|
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales no declarantes del impuesto de renta. |
No aplica |
100% |
10,0 % |
|
Contratos de consultoría de obras públicas. |
No aplica |
100% |
2,0 % |
|
Contratos de construcción o urbanización. |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
2,0 % |
|
Diseño de página web y consultoría en programas de informática a obligados a declarar renta. |
No aplica |
100% |
3,5 % |
|
Diseño de página web y consultoría en programas de informática a no obligados a declarar renta (la tarifa depende de si el beneficiario del pago o abono en cuenta cumple o no con las condiciones establecidas en los literales a) y b) del Decreto 260 de 2001). |
No aplica |
100% |
10 % u 11 % |
|
Prestación de servicios de sísmica para el sector de hidrocarburos por personas jurídicas y personas naturales obligadas a declarar renta. |
No aplica |
100% |
6,0 % |
|
Prestación de servicios de sísmica para el sector de hidrocarburos por personas naturales no obligadas a declarar renta. |
No aplica |
100% |
10,0 % |
|
Otros ingresos tributarios |
Por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales obligadas a declarar renta. |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
4,0 % |
Por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales no obligadas a declarar renta. |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
3,5 % |
|
Loterías, rifas, apuestas y similares. |
> 48 UVT |
> 1.709.000 |
20,0 % |
|
Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar (la retención aplica cuando los ingresos diarios del colocador independiente superen las 5 UVT). |
> 5 UVT |
> 178.000 |
3,0 % |
|
Para artistas extranjeros que efectúen presentaciones artísticas o culturales en Colombia. |
No aplica |
100% |
8,0 % |
|
Exportación de hidrocarburos. |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
3,0 % |
|
Exportación de otros productos mineros, incluyendo el oro. |
≥ 27 UVT |
≥ 961.000 |
1,0 % |
|
Rendimientos financieros en general. |
No aplica |
100% |
7,0 % |
|
Intereses o rendimientos financieros por operaciones activas de crédito o mutuo comercial. |
No aplica |
100% |
2,5 % |
|
Tarifa de retención en rendimientos financieros provenientes de títulos de renta fija. |
No aplica |
100% |
4,0 % |
|
Servicios |
Ingresos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria (personas naturales declarantes o no de renta). |
> 95 UVT |
> 3.383.000 |
Ver tabla del artículo 383 del ET. |
Honorarios y compensación de servicios personales por personas naturales que hayan subcontratado a una persona natural o que hayan subcontratado a dos o más personas menos de 90 días continuos o discontinuos. |
> 95 UVT |
> 3.383.000 |
Ver tabla del artículo 383 del ET. |
|
Servicios de aseo y vigilancia (la base será el 100 % del AIU siempre que sea mayor o igual a 4 UVT). |
≥ 4 UVT |
≥ 142.000 |
2,0 % |
|
Servicios de hoteles, restaurantes y hospedajes para obligados a declarar renta. |
≥ 4 |
≥ 142.000 |
3,5 % |
|
Servicios de transporte nacional de carga. |
≥ 4 UVT |
≥ 142.000 |
1,0 % |
|
Servicios de transporte terrestre nacional de pasajeros para obligados a declarar renta. |
≥ 27 |
≥ 961.000 |
3,5 % |
|
Servicio de transporte aéreo y marítimo de pasajeros. |
≥ 4 UVT |
≥ 142.000 |
1,0 % |
|
Servicios en general para personas jurídicas, asimiladas y personas naturales obligadas a declarar renta. |
≥ 4 UVT |
≥ 142.000 |
4,0 % |
|
Servicios en general para personas naturales no obligadas a declarar renta. |
≥ 4 UVT |
≥ 142.000 |
6,0 % |
|
Servicios temporales de empleo (la base será el 100 % del AIU siempre que sea mayor o igual a 4 UVT). |
≥ 4 UVT |
≥ 142.000 |
1,0 % |
|
Servicios integrales de salud prestados por una IPS. |
≥ 4 UVT |
≥ 142.000 |
2,0 % |
|
Servicios de licenciamiento y derechos de uso de software a obligados a declarar renta. |
No aplica |
100% |
3,5 % |
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