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  Acta de entrega de dotación

Actas  - 11 abril, 2025

Acta de entrega de dotación


Te presentamos esta plantilla en Excel para la elaboración del formulario 2593 con los anticipos bimestrales del SIMPLE durante el 2025, teniendo en cuenta las novedades de las Sentencias C-540 y C-541 de 2023.

Además, encontrarás un ejemplo guía con las fórmulas y comentarios que necesitas para evitar errores.

Con el Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023 se emitieron las fechas que deberían atender los contribuyentes para diferentes obligaciones tributarias. Siendo así, a través del artículo 1 de dicho decreto se modificó el artículo 1.6.1.13.2.52 del DUT 1625 de 2016, que expone los plazos para el pago de los anticipos bimestrales de los contribuyentes del régimen simple durante el 2025.

Formulario 2593 para 2025

La Dian dio a conocer la Resolución 000081 de abril 30 de 2024 con el formulario 2593 para la liquidación de los anticipos del régimen simple de los años gravables 2024 y siguientes.

La expedición de este nuevo formulario obedece a que la Corte Constitucional declaró inexequibles algunas normas relacionadas con las tarifas y grupos que deben observarse para calcular los anticipos bimestrales.

Contenido del formulario 2593 en Excel

Aquí encontrarás las siguientes hojas de cálculo:

  • “Material relacionado”: enlaces y descripción de material de apoyo, como formatos, análisis de investigadores, respuestas, consultorios y todo lo necesario para actualizarse sobre el régimen simple de tributación.
  • “Municipios”: anexo en el que se diligencia la información de cada municipio o distrito y de las actividades desarrolladas en estos para la depuración del componente del ICA territorial bimestral.
  • “ICA 1”: hoja en la que se expone la información del municipio o distrito del ejemplo 1.
  • “ICA 2”: hoja en la que se expone la información del municipio o distrito del ejemplo 2.
  • “Instructivo liquidación ICA”: instructivo de la hoja 7 del formulario 2593 en PDF publicado por la Dian.
  • “Liquidación anticipo”: anexo en el que se diligencia la información requerida para el recibo del SIMPLE.
  • “F-2593 recibo electrónico SIMPLE”: liquidación del recibo electrónico SIMPLE.
  • “Instructivo anticipo SIMPLE”: hojas 2 a 5 del formulario 2593 en PDF publicado por la Dian.
  • “Tarifa consolidada anticipo”: tarifa del SIMPLE consolidada para anticipos bimestrales.
  • “Comentarios”: en esta hoja se incluyen comentarios y notas para apoyar el diligenciamiento de este formato.

IMPORTANTE:
Se debe considerar que esta es una plantilla elaborada con base en el diseño del formulario 2593 emitido por la Dian, pero Actualícese no entrega esta guía en representación de dicha entidad. El diseño, los datos o comentarios bajo las cuales ha sido elaborada hacen parte de la interpretación de Actualícese. Será el contribuyente quien deba atender las instrucciones de la Dian, estudiar las normas requeridas, preparar y emitir la información a que haya lugar. Actualícese no se hace responsable de las interpretaciones, operaciones o información derivadas del uso de esta herramienta.

Novedades al liquidar los anticipos bimestrales del SIMPLE

Las sentencias C-540 y C-541 de 2023, emitidas por la Corte Constitucional debido a una demanda interpuesta contra algunos artículos de la Ley 2277 de 2022, que se refieren al régimen simple, generaron varios cambios que debes considerar al liquidar los anticipos del SIMPLE correspondientes a los años gravables 2024 y siguientes. ¡Descarga nuestro formato para conocerlos!

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Por otra parte, el artículo 2 del Decreto 1545 de diciembre de 2024, agregó los parágrafos 3 y 4 al artículo 1.5.8.3.7 del DUT 1625 de 2016, para reglamentar la forma de medir la exención en el pago de los anticipos del SIMPLE.  Así, pues, este tipo de contribuyentes podrán estar exonerados de pagar anticipos durante 2025, si es su primer año en el régimen simple o si durante 2024 obtuvieron ingresos iguales o inferiores a $164.728.000 (3.500 UVT de ese año). Adicionalmente, la norma también requiere que durante 2025 no se excedan ingresos por 3.500 UVT ($174.297.000).

Además, se entiende que a partir de la expedición de dicho Decreto 1545 de diciembre de 2024, si los anticipos bimestrales se presentan liquidando “saldos a pagar” en alguna de sus tres secciones (impuesto SIMPLE, INC de bares y restaurantes, o IVA), el pago total de todas esas secciones se deberá hacer oportunamente, y a más tardar dentro del mes siguiente al vencimiento fijado en el calendario tributario, pues de lo contrario la Dian expedirá una resolución para expulsar a aquellos contribuyentes del SIMPLE que incumplieron con el pago y no podrán optar por el mismo régimen en el año en que se presentó el retardo ni en el año siguiente.

Por último, te invitamos a aprender más sobre este importante tema con el siguiente video, en el que Diego Guevara te explica cuáles son los requerimientos en el régimen simple para no liquidar los anticipos bimestrales.

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«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

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