Encontrarás en versión comparativa los artículos 20-3, 24 y 408 del ET, antes y después de ser modificados con los artículos 57, 58 y 61 de la Ley 2277 de 2022, e igualmente los 22 artículos del DUT 1625 de 2016 afectados con el Decreto 2039 de 2023 en relación con la presencia económica significativa –PES–.
Elaborado por: Diego Guevara Madrid.
Recordemos que los artículos 57, 58 y 61 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 agregaron y/o modificaron los artículos 20-3, 24 (numeral 17) y 408 del ET para establecer que a partir de enero 1 de 2024 las personas naturales no residentes (sin incluir sucesiones ilíquidas) y las entidades del exterior, cuando estén ubicadas en países con los cuales Colombia no tenga en aplicación ningún convenio para evitar la doble tributación internacional, se convertirían en contribuyentes del impuesto de renta ante el Gobierno nacional por tener “presencia económica significativa en Colombia” si se cumple con la totalidad de los siguientes requisitos:
a. Terminan teniendo en Colombia más de 300.000 clientes a los cuales le vendan todo tipo de bienes o les presten alguno o varios de los 11 servicios digitales expresamente mencionados en la norma (ver el artículo 20-3 del ET).
b. El monto de tales operaciones superen anualmente, en el año anterior o en el año en curso, los 31.300 UVT (unos $1.327.496.000 en el 2023).
Por tanto, a partir del año gravable 2024 dichos contribuyentes quedarán sujetos a la nueva retención especial a título de renta del 10 % que se menciona en la nueva versión del artículo 408 del ET (la cual será practicada principalmente por los bancos colombianos que emitan las tarjetas de crédito o débito que se utilicen durante el proceso del pago). Sin embargo, para no estar sujetos a dicha retención, los mencionados contribuyentes podrán optar por declarar renta directamente ante el Gobierno colombiano liquidando el 3 % de todos los ingresos brutos que obtengan en Colombia (parágrafo 2 del artículo 20-3 del ET).
En vista de lo anterior, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 2039 de noviembre 27 de 2023 para agregar y/o modificar 22 artículos diferentes dentro del DUT 1625 de 2016 con el propósito de reglamentar la aplicación de estas importantes medidas.
A continuación, se mostrará en versión comparativa el texto de los artículos 20-3, 24 y 408 del ET, antes y después de ser modificados con la Ley 2277 de 2022, e igualmente el texto en versión comparativa de los 22 artículos del DUT 1625 de 2016 que resultaron afectados con el Decreto 2039 de noviembre 27 de 2023.
Además, para facilitar su estudio, el autor de esta guía ha resaltado en color amarillo los apartes donde se nota el ajuste entre la versión anterior de la norma y su nueva versión luego de los cambios que se introdujeron con las normas ya mencionadas.