CAPÍTULO 1. GENERALIDADES
En el ámbito laboral, las licencias e incapacidades son derechos que brindan protección a los trabajadores. Comprender correctamente estas definiciones es fundamental para gestionar de manera eficiente situaciones relacionadas con la salud, contingencias, bienestar y otros derechos, promoviendo un entorno laboral justo y respetuoso de las normas laborales.
1.1. INCAPACIDADES LABORALES
- Incapacidades de origen común: aquellas causadas por enfermedades o accidentes que no están relacionados con el trabajo.
- Incapacidades de origen laboral: aquellas que resultan directamente de las condiciones laborales o de accidentes ocurridos en el lugar de trabajo o durante el ejercicio de las funciones. Estas incapacidades pueden ser causadas por accidentes de trabajo o enfermedades laborales.
- Incapacidades temporales: tienen una duración limitada y se espera la recuperación del trabajador en un plazo razonable.
- Incapacidades permanentes: son aquellas en las que el trabajador no podrá recuperar su capacidad de trabajo en el futuro previsible, debiendo obtener un certificado de pérdida de capacidad laboral que acredite su condición.
- Incapacidades físicas: derivadas de lesiones o enfermedades que afectan el rendimiento físico o la capacidad de realizar tareas que impliquen esfuerzo físico.
- Incapacidades psíquicas o emocionales: relacionadas con trastornos de salud mental o emocional que limitan el adecuado desempeño de las funciones laborales.
Tipos de incapacidades laborales en Colombia
Descubre las principales incapacidades laborales y cómo se reconocen y pagan.
El siguiente video es un contenido exclusivo de Suscriptores Platino. [member_content type="platino" title="Es una pena, no puedes ver esta importante parte de nuestra ruta (pero te diremos cómo)"] [end_member_content] |
Diferencias entre incapacidades médicas ambulatorias, hospitalarias, temporales y permanentes
Conoce cómo se clasifican y gestionan las distintas incapacidades médicas.
El siguiente video es un contenido exclusivo de Suscriptores Platino. [member_content type="platino" title="Es una pena, no puedes ver esta importante parte de nuestra ruta (pero te diremos cómo)"] [end_member_content] |
1.2. LICENCIAS LABORALES
Las licencias laborales son permisos o períodos otorgados a los trabajadores para ausentarse temporalmente de sus labores, sin perder su vínculo laboral y, dependiendo del tipo de licencia, sin afectar su remuneración. Estas licencias se conceden en circunstancias específicas reconocidas por la ley, tales como el cumplimiento de deberes parentales, responsabilidades y contingencias familiares, situaciones de salud, ejercicio de derechos fundamentales, entre otros.
Las licencias laborales se pueden clasificar según el ente responsable de su otorgamiento, el tipo de vínculo laboral y la remuneración.
[member_content type="platino,oro" title="Es una pena, no puedes ver esta importante parte de nuestra ruta (pero te diremos cómo)"]
1.2.1. A cargo del sistema de salud
Estas licencias están reguladas por el sistema general de seguridad social en salud –SGSSS– y se otorgan tanto a trabajadores dependientes como independientes que cumplen con los requisitos legales. No están condicionadas a la suscripción de un contrato laboral.
- Licencia de maternidad y paternidad, y demás modalidades de las licencias parentales.
- Licencias derivadas del proceso de gestación.
- Licencia para el cuidado de la niñez.
1.2.2. Exclusivas del vínculo contractual laboral
Estas licencias dependen de la relación directa con el empleador y se otorgan exclusivamente a trabajadores dependientes en virtud de su contrato laboral.
- Licencia por grave calamidad doméstica.
- Licencia por luto.
- Licencia por actividades electorales.
- Licencia sindical.
- Licencia no remunerada.
1.2.3. Según la remuneración
- Licencias obligatorias remuneradas: aquellas previstas expresamente en la legislación laboral y de seguridad social, donde el empleador está obligado a concederlas y remunerarlas. Estas responden a disposiciones legales, como la licencia de maternidad, paternidad, por luto o calamidad doméstica, entre otras.
- Licencias no remuneradas: se originan por la decisión libre y voluntaria del trabajador de solicitarlas, sin que el empleador esté obligado a concederlas ni a remunerarlas. Ejemplos incluyen las licencias por estudios o viajes prolongados. Estas licencias no pueden ser impuestas unilateralmente por el empleador; debe ser el trabajador quien las solicite.
[end_member_content]