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CAPÍTULO 1. INFORMACIÓN BÁSICA APLICABLE TANTO A LOS DECLARANTES DE RENTA (YA SEA EN EL RÉGIMEN ORDINARIO O EN EL ESPECIAL) COMO A LOS DECLARANTES DE INGRESOS Y PATRIMONIO Y A LOS DEL SIMPLE

En las próximas líneas se llevará a cabo una explicación general sobre las más grandes novedades normativas que afectan este tipo de obligaciones tributarias (entre ellas las introducidas con la Ley 2277 de 2022, las sentencias de la Corte Constitucional emitidas durante el 2023, los decretos reglamentarios expedidos entre los años 2023 y lo corrido del 2024, y las resoluciones o circulares expedidas por la DIAN entre 2022 y lo corrido del 2024).  

Ahora bien, antes de entrar en materia te invitamos a que escuches una serie de conferencias introductorias, impartidas por nuestro líder de investigación tributaria, el Dr. Diego Guevara, quien te brindará las herramientas necesarias para comprender en profundidad los temas abordados en esta publicación.

El siguiente es un contenido exclusivo.

1. Funcionamiento del régimen simple durante el 2023 (parte 1)

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Conoce el tema abordado en este video:
  • 00:01 - 45:32: Funcionamiento del Régimen simple durante el 2023.

 


2. Funcionamiento del régimen simple durante el 2023 (parte 2)

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Conoce el tema abordado en este video:
  • 00:01 - 41:01: Funcionamiento del Régimen simple durante el 2023.


3. Cambios sustantivos al impuesto de renta y ganancia ocasional año gravable 2023 introducidos con leyes del año 2022 y sentencias de la Corte del mismo año 2023 (parte 1)

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Conoce los temas abordados en este video:
  • 00:01 - 12:20: La modificación que la Ley 2277 de 2022 realizó al artículo 36-1 del ET relacionado con el ingreso no gravado por la utilidad en venta de acciones poseídas en sociedades nacionales que sí cotizan en Bolsa.
  • 12:21 - 15:39: La derogación que la Ley 2277 de 2022 realizó al artículo 36-3 del ET el cual contemplaba que algunas operaciones por capitalizaciones de utilidades acumuladas se podían tratar en el pasado como un ingreso no gravado para los socios o accionistas. 
  • 15:40 - 16:36: La derogación que la Ley 2277 de 2022 realizó al artículo 57-1 del ET el cual contemplaba que los subsidios que el Estado entregue bajo el programa de Agroingreso seguro, y los provenientes del incentivo al almacenamiento y el incentivo a la capitalización rural previstos en la Ley 101 de 1993, se podían tratar como ingresos no gravados. 
  • 16:37 - 18:48: La creación del nuevo artículo 66-2 del ET, agregado con artículo 17 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022, el cual estableció que a partir del año gravable 2023 “se presume de derecho” (es decir, sin admitir prueba en contra) que los cultivadores de papa (tanto personas naturales como jurídicas) tienen costos por mano de obra equivalentes al 30% de sus ingresos brutos.
  • 18:49 - 27:42: Las modificaciones que el artículo 19 de la Ley 2277 de 2022 le realizó al artículo 115 del ET, parcialmente afectado con la sentencia de la Corte Constitucional C-489 de noviembre 16 de 2023, estableciendo una prohibición a la deducción de las regalías pagadas al Estado, o la eliminación de la utilización del descuento tributario por el 50% del impuesto de industria y comercio pagado durante el año. 
  • 27:43 - 39:49: La creación del nuevo articulo 29-1 del ET, agregado con artículo 59 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022, el cual estableció una nueva manera de reportar los regalos en especie (por bienes o servicios) que se realicen en favor de alguna persona natural (o de su cónyuge o de algunos de sus otros parientes). 
  • 39:50 - 41:25: La derogación que la Ley 2277 de 2022 realizó al artículo 126 del ET el cual contemplaba que en el pasado se podía tomar como deducibles los aportes o contribuciones voluntarias que los empleadores realizaran a los fondos mutuos de inversión de sus trabajadores (los cuales están regulados con normas muy antiguas como la Ley 130 de 1959, el Decreto 2968 de diciembre 26 de 1960, y el Decreto 1705 de junio 25 de 1985 y el Decreto 232 de febrero de 2019; ver también el Concepto DIAN 69866 de octubre 13 de 2004).  
  • 41:26 - 43:22: La derogación del artículo 158-1 del ET, y la modificación del artículo 256 del ET, efectuadas con los artículos 96 y 21 de la Ley 2277 de 2022, respectivamente, los cuales contemplaban un doble beneficio tributario (deducción más descuento tributario) por hacer ciertas donaciones especiales a ciertas entidades como a Innpulsa, o al ICETEX, o a proyectos de ciencia, inversión y tecnología, etc. 
  • 43:23 - 44:52: El beneficio contemplado en el artículo 28 de la Ley 2277 de 2022, el cual estableció que las personas naturales y jurídicas que en noviembre 16 de 2020 (fecha en que se presentó el fenómeno del Huracán Iota) ya estaban operando en San Andrés, Providencia y santa Catalina y actualmente se dediquen a actividades de turismo, podrán deducir solo durante el año gravable 2023 el 150% de los salarios y prestaciones de sus trabajadores residentes. 
  • 44:53 - 51:27: La derogación que la Ley 2277 de 2022 realizó a algunas rentas exentas y otros beneficios tributarios que se hallaban contempladas en los artículos 207-2, 235-2, 235-3 y 235-4 del ET, los cuales contemplaban beneficios de rentas exentas relacionados con rentas exentas para nuevos hoteles construidos entre 2003 y 2016, o las rentas exentas de la economía naranja, o las rentas exentas por inversiones para el desarrollo del campo colombiano, o los beneficios por llevar a cabo megainversiones. 


4. Cambios sustantivos al impuesto de renta y ganancia ocasional año gravable 2023 introducidos con leyes del año 2022 y sentencias de la Corte del mismo año 2023 (parte 2)

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Conoce los temas abordados en este video:
  • 00:01 - 03:04: La disposición incluida dentro el del artículo 96 de la Ley 2277 de 2022 y con la cual se indicó que las sociedades interesadas en acogerse al régimen ZESE en las ciudades de Buenaventura y Barrancabermeja, contemplado en las leyes 2238 y 2240 de julio de 2022, ya no tendrían plazo hasta julio de 2025 sino solo hasta diciembre de 2024 para instalarse en dichas zonas. 
  • 03:05 - 08:02: Las modificaciones que los artículos  4 y 13 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 realizaron a los artículos 245 y 246 del ET modificando la tributación sobre dividendos ganados en Colombia por parte de sociedades extranjeras y sucursales de sociedades extranjeras. 
  • 08:03 - 40:30: Las modificaciones que los artículos 10 y 11 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 realizaron a los artículos 240 y 240-1 del ET (este último afectado con la sentencia C-384 de octubre 2 de 2023 y reglamentado con el Decreto 047 de enero 30 de 2024) los cuales regulan las tarifas del impuesto de renta, y las nuevas sobretasas,  para las personas jurídicas del régimen ordinario (tanto nacionales como extranjeras) que operen por dentro o por fuera de zonas francas. 
  • 40:31 - 47:45: La creación del nuevo articulo 259-1 del ET, agregado con artículo 14 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022, en el cual se dispuso que todas las personas jurídicas del régimen ordinario que sean sociedades nacionales (sin importar si funcionan por dentro o fuera de zonas francas, y sin importar la tarifa con la que liquiden su impuesto de renta), e igualmente las entidades extranjeras, tendrán que someter a un límite especial la utilización de algunos ingresos no gravados,  deducciones especiales y descuentos tributarios expresamente mencionados en dicha norma. 


5. Cambios sustantivos al impuesto de renta y ganancia ocasional año gravable 2023 introducidos con leyes del año 2022 y sentencias de la Corte del mismo año 2023 (parte 3)

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Conoce los temas abordados en este video:
  • 00:01 - 43:04: Cambios sustantivos al impuesto de renta y ganancia ocasional año gravable 2023 introducidos con leyes del año 2022 y sentencias de la Corte del mismo año 2023.


6. Cambios sustantivos al impuesto de renta y ganancia ocasional año gravable 2023 introducidos con leyes del año 2022 y sentencias de la Corte del mismo año 2023 (parte 4)

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Conoce los temas abordados en este video:
  • 01:00 - 01:20: Las modificaciones que los artículos 32 a 34 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 efectuaron a los artículos 313, 314 y 316 del ET para establecer que a partir del año gravable 2023 las personas naturales (residentes o no residentes, del régimen ordinario o del simple) y las personas jurídicas (nacionales o extranjeras, del régimen ordinario o del simple) tributarán sobre sus ganancias ocasionales gravables por conceptos diferentes a loterías rifas y similares ya no con la tarifa del 10% sino con la del 15%.  
  • 01:21 - 06:18: La creación del nuevo artículo 244-1 del ET, agregado con el artículo 20 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022, el cual contempla que todos los “contribuyentes” del impuesto de renta podrán empezar a incluir en su declaración anual de renta (del régimen ordinario o especial, pero no en las declaraciones del régimen simple) un ”aporte voluntario” (impuesto voluntario) que tendrá destinación especial para los programas sociales de atención de la pobreza o de personas discapacitadas. 
  • 06:19 - 13:39: La obtención del beneficio de auditoría del artículo 689-3 del ET en las declaraciones de renta del año gravable 2023. 
  • 13:40 - 20:39: La aplicación de la norma de bancarización del artículo 771-5 del ET en las declaraciones de renta del año gravable 2023. Al respecto, se hizo mención a la declaratoria de nulidad parcial para el Concepto DIAN 19439-0935 de julio 27 de 2018 la cual se produjo con el fallo del Consejo de Estado de julio 19 de 2023 para el expediente 26676. 
  • 20:40 - 24:34: El listado de las leyes aplicables al cierre del 2023 y que contemplan convenios para evitar la doble tributación internacional en materia del impuesto de renta y de patrimonio. Al respecto, debe destacarse que la Ley 2095 de julio de 2021, que estableció el Convenio con Japón, solo empezó a tener aplicación a partir del año gravable 2023. 
  • 24:35 - 29:00: El Decreto 848 de mayo 29 de 2023 que fijó la tasa de interés presuntivo durante el 2023 para los préstamos en dinero entre sociedades y socios. 
  • 29:01 - 30:39: El Decreto 128 de febrero 7 de 2024 que fijó el reajuste fiscal del año gravable 2023 para los activos fijos. 
  • 30:40 - 40:12: El Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023 con el cual se fijó el calendario tributario perpetuo para los años 2024 y siguientes. 
  • 40:13 - 41:28: La Resolución DIAN 1255 octubre 28 de 2022 que definió el universo de los obligados a entregar información exógena tributaria del artículo 631 del E.T por el año gravable 2023.  
  • 41:29 - 43:04: La Resolución DIAN 187 de noviembre 28 de 2023 que fijó el valor de la UVT para el 2024 ($47.065). 
  •  43:05 - 47:51: La Resolución DIAN 071 de octubre de 2019, la cual sigue siendo la norma más reciente que contiene las instrucciones para la elaboración y entrega del formato 2516 de conciliación fiscal. Al respecto, se destacaron los ajustes imperfectos que la Resolución 11147 de diciembre de 2023 le realizó a la estructura del formato 2516 que se utilizaría para la declaración del año gravable 2023. 
  • 47:52 - 49:02: La Resolución DIAN 151 de noviembre de 2012 (con sus posteriores modificaciones) la cual sigue siendo la norma que regula los procesos de solicitud de devolución o compensación de saldos a favor. 

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1.1. Indicadores básicos para la preparación y presentación de la declaración de renta y/o de ingresos y patrimonio año gravable 2023 de las personas jurídicas, y para la preparación y presentación de la declaración anual del régimen simple año gravable 2023 

En el cuadro de la presente página se resumen las cifras y datos más básicos que serán de permanente consulta cuando se estén elaborando las declaraciones de renta y/o de ingresos y patrimonio del año gravable 2023 de las personas jurídicas:

Detalle Valor

Valor de la UVT a diciembre 31 de 2023.

$42.412

Valor de la UVT durante el año 2024.

$47.065

Valor de la tasa de cambio del dólar a diciembre 31 de 2023.

(Nota: para determinar los efectos fiscales de las partidas de “Diferencia en cambio”, véanse los artículos 269, 285, 288 y 291 del ET).

$3.822,05

Valor del reajuste fiscal para activos fijos por el año gravable 2023 (ver artículos 70 y 868 del ET y el artículo 1.2.1.17.20 del DUT 1625 de 2016, luego de ser sustituido con el artículo 1 del Decreto 128 de febrero 7 de 2024).

12,40 %

Valor de la tasa anual de interés presuntivo durante el 2023 aplicable a los préstamos en dinero realizados por sociedades nacionales del régimen ordinario a todo tipo de socios, o a los efectuados por socios del régimen ordinario o especial a cualquier tipo de sociedad.

(Nota: si quien realiza el préstamo, ya sea la sociedad o el socio, pertenecen al régimen simple, en tal caso no se generarán los intereses presuntivos; ver artículo 35 del ET y el artículo 1.2.1.7.5 del DUT 1625 de 2016 luego de ser sustituido con artículo 1 del Decreto 848 de mayo 29 de 2023).

13,70 %

Las declaraciones de renta o de ingresos y patrimonio, o del régimen simple año gravable 2023, de los obligados a llevar contabilidad, cuando no hayan mantenido nombrado un revisor fiscal a lo largo del año 2023, requieren por lo menos la firma de contador público si el patrimonio bruto a diciembre 31 de 2023 o los ingresos brutos (tomando en cuenta rentas ordinarias y ganancias ocasionales) del año 2023 superan las…

 

(Ver artículo 596 del ET; ver también el artículo 1.5.8.3.14 del DUT 1625 de 2016 y el instructivo de la DIAN para la casilla 981 del formulario 260 de la declaración del simple).

100.000 UVT ($4.241.200.000) 

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1.1.1. Vencimientos

Los vencimientos para presentar la declaración de renta o de ingresos y patrimonio del año gravable 2023 y la declaración de activos en el exterior, para las personas jurídicas de todo tipo, son (ver artículos 1.6.1.13.2.11, 1.6.1.13.2.12, 1.6.1.13.2.13, 1.6.1.13.2.17 y 1.6.1.13.2.26 del DUT 1625 de octubre de 2016 luego de ser sustituidos con el Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023):

Grandes contribuyentes (declaración de renta o de ingresos y patrimonio)
Si el último dígito del NIT es:

Pago primera cuota

(Solo aplica para quienes presentan “declaración de renta”)

Presentación y pago segunda cuota para declaración de renta (es también el plazo para la presentación de la declaración de ingresos y patrimonio y para la presentación de la declaración de activos en el exterior)

Pago tercera cuota declaración de renta

 

1 9 de febrero de 2024 9 de abril de 2024 13 de junio de 2024
2 12 de febrero de 2024 10 de abril de 2024 14 de junio de 2024
3 13 de febrero de 2024 11 de abril de 2024 17 de junio de 2024
4 14 de febrero de 2024 12 de abril de 2024 18 de junio de 2024
5 15 de febrero de 2024 15 de abril de 2024 19 de junio de 2024
6 16 de febrero de 2024 16 de abril de 2024 20 de junio de 2024
7 19 de febrero de 2024 17 de abril de 2024 21 de junio de 2024
8 20 de febrero de 2024 18 de abril de 2024 24 de junio de 2024
9 21 de febrero de 2024 19 de abril de 2024 25 de junio de 2024
0 22 de febrero de 2024 22 de abril de 2024 26 de junio de 2024

ICONOS CARTILLA-01.png

Los grandes contribuyentes que se vinculen a la figura de “Obras por impuestos” (artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 y decretos 1915 de noviembre de 2017, 647 de abril de 2018 y 2469 de diciembre de 2018), y que lo hagan bajo la “modalidad 1”, podrán dejar de pagar oportunamente las cuotas de febrero y de abril, pues tendrán plazo para declarar hasta el 31 de mayo de 2024 y pagar en esa fecha solo el saldo que no quede vinculado a las obras (todo siempre y cuando la Agencia de Renovación del Territorio –ART– apruebe durante abril de 2024 la solicitud de vinculación que deben presentar a más tardar en marzo 31 del año en curso.  En todo caso, si la ART no aprueba la solicitud y el contribuyente tampoco había declarado oportunamente, ni había pagado sus cuotas de febrero y abril, entonces declarará y pagará con sanciones e intereses; ver artículos 1.6.1.13.2.11 y 1.6.1.13.2.23 del DUT 1625 de 2016 luego de ser modificados con el Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023).

Demás personas jurídicas (declaración de renta o de ingresos y patrimonio)
Si el último dígito del NIT es:

Presentación y pago de la primera cuota de la declaración del impuesto de renta (es también el plazo para presentar la declaración de ingresos y patrimonio y declaración de activos en el exterior)

1 10 de mayo de 2024
2 14 de mayo de 2024
3 15 de mayo de 2024
4 16 de mayo de 2024
5 17 de mayo de 2024
6 20 de mayo de 2024
7 21 de mayo de 2024
8 22 de mayo de 2024
9 23 de mayo de 2024
0 24 de mayo de 2024

Si el último dígito del NIT es:

Pago segunda cuota del impuesto de renta

1 10 de julio de 2024
2 11 de julio de 2024
3 12 de julio de 2024
4 15 de julio de 2024
5 16 de julio de 2024
6 17 de julio de 2024
7 18 de julio de 2024
8 19 de julio de 2024
9 22 de julio de 2024
0 23 de julio de 2024

ICONOS CARTILLA-01.png

Las personas jurídicas que se vinculen a la figura de “Obras por impuestos” (artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 y los decretos 1915 de noviembre de 2017, 647 de abril de 2018 y 2469 de diciembre de 2018), y que lo hagan bajo la “modalidad 1”, podrán dejar de pagar oportunamente la primera cuota de mayo, pues tendrán plazo para declarar hasta el 31 de mayo de 2024 y pagar en esa fecha solo el saldo que no quede vinculado a las obras (todo siempre y cuando la Agencia de Renovación del Territorio –ART– apruebe durante abril de 2024 la solicitud de vinculación que deben presentar a más tardar en marzo 31 del año en curso. En todo caso, si la ART no aprueba la solicitud y el contribuyente tampoco había declarado oportunamente ni había pagado su cuota de abril, entonces  declarará y pagará con sanciones e intereses; ver artículos 1.6.1.13.2.12 y 1.6.1.13.2.22 del DUT 1625 de 2016 luego de ser sustituidos con el Decreto 2229 de diciembre 16 de 2023).


Los vencimientos para presentar con pago la declaración anual del régimen simple año gravable 2023, al igual que la declaración de activos en el exterior a enero 1 de 2024 para los inscritos en el régimen simple son (ver artículo 607 del ET modificado con el artículo 63 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022, y el artículo 910 del ET; también los artículos 1.6.1.13.2.26 y 1.6.1.13.2.50 del DUT 1625 de octubre de 2016 luego de ser sustituidos con el Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023):

Si los últimos dígitos del NIT son:

Presentación de la declaración anual del régimen simple año gravable 2023 y declaración de activos en el exterior a enero 1 de 2024

1-2 15 de abril de 2024
3-4 16 de abril de 2024
5-6 17 de abril de 2024
7-8 18 de abril de 2024
9-0 19 de abril de 2024

Calendario-tributario.jpg

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1.2. Cuadro temático de cambios introducidos al Estatuto Tributario, y a otras normas, mediante leyes de los años 2022 y sentencias de la Corte Constitucional del año 2023, pero que se relacionaron solamente con normas sustantivas que sí tienen relación con el impuesto de renta y de ganancia ocasional de las personas jurídicas o con la declaración anual del régimen simple, y que son cambios que solo empezaban a tener efecto en el año gravable 2023

A continuación se presenta un cuadro sinóptico que recopila las normas del Estatuto Tributario (y otras por fuera de este), las cuales se relacionan con los aspectos sustantivos del impuesto de renta y de ganancia ocasional de las personas jurídicas (o con los aspectos sustantivos del impuesto bajo el régimen simple), y que fueron afectadas con las siguientes normas:

  • Leyes 2238 y 2240 de julio de 2022.
  • Artículos 4, 10 a 22, 27, 28, 32, 42 a 46, 56 a 59, 84 y 96 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022.
  • Sentencias C-384 de octubre 4 de 2023, C-391 de octubre 4 de 2023, C-489 de  noviembre 16 de 2023 y C-540 de diciembre 5 de 2023 de la Corte Constitucional.

ICONOS CARTILLA-01.png

Para estudiar las versiones comparativas de las normas que fueron afectadas por dichas leyes, te invitamos a consultar el documento titulado: Comparativo de las normas afectadas con la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 y su evolución normativa durante el 2023.

Boton-01-01.png

Los cambios a los aspectos sustantivos del impuesto de renta o del régimen simple (bases, descuentos, tarifas, etc.) introducidos por dichas normas empezaron a tener efecto justamente a partir del año gravable 2023 y, por lo tanto, deben ser tomadas en cuenta en los procesos de elaboración y presentación de las declaraciones de renta y complementarios, o de ingresos y patrimonio, del año gravable 2023, y así mismo en los procesos de elaboración y/o presentación de la declaración anual del régimen simple año gravable 2023. 

Téngase presente que otras normas con fuerza de ley expedidas durante el año 2023, y que introdujeron cambios a los aspectos sustantivos del impuesto de renta o régimen simple de las personas jurídicas, son normas que solo pueden aplicarse a partir del año gravable 2024 y siguientes (ver artículos 338 y 363 de la Constitución Política de Colombia; ver, por ejemplo, los cambios introducidos con los artículos 21, 69, 274, 294 y 334 de la Ley 2294 de mayo de 2023).
 

ICONOS CARTILLA-01.png

Aunque la redacción de las leyes emplean en forma especial los términos “adicionar”, “modificar” y “derogar”, es importante aclarar que para los efectos del cuadro que se presenta a continuación tales términos deben entenderse así: 1-“adicionar”: cuando se agrega todo un artículo nuevo al ET o a una ley por fuera del ET; 2-“modificar”: cuando a un artículo que ya existía simplemente se le modifican palabras o se le derogan incisos y/o parágrafos, o se le adicionan incisos y/o parágrafos, pero al final sigue existiendo el mismo artículo;  y 3-“derogar”: cuando un artículo que ya existía queda completamente borrado del ET o de las leyes por fuera del ET. 

1. Normas del Estatuto Tributario
Tema principal Subtema  Articulo
del ET

Nombre con que quedó el artículo luego de los cambios realizados por la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022

 

(Nota: en el caso de los artículos que son simplemente modificados con la ley, si no se indica nada al final del título del artículo, es porque el título no sufrió ningún cambio)

Artículo de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 con el que fue adicionado Artículo de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 con el que fue modificado Artículo de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 con el que fue derogado

Impuesto de rena y ganancia ocasional





























Sujetos pasivos

 12-1

(Ver páginas 21 a 24 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023)

Concepto de sociedades y entidades nacionales para efectos tributarios. 


56
22

Entidades que no son contribuyentes


15

Ingresos de fuente nacional y de fuente extranjera

29-1
(Ver páginas 1 a 6 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023)

Ingresos en especie

59

Ingresos que no constituyen renta ni ganancia ocasional

36-1

Utilidad en la enajenación de acciones


16
36-3

Capitalizaciones no gravadas para los socios y accionistas



96
57

Exoneración de impuestos para la zona del nevado del Ruiz.



96
57-1

Ingreso no gravado-Agro ingreso seguro



96
Costos 66-2

Determinación del costo de mano de obra en el cultivo de Papa

17
 
Deducciones
105

Realización de la deducción para los obligados a llevar contabilidad


18
115
(afectado con sentencia C-489 de noviembre 16 de 2023)

Deducción de impuestos pagados y otros


19
126

Deducción de contribuciones a fondos mutuos de inversión y fondos de pensiones de jubilación e invalidez.



96
143-1

Amortización de las inversiones en la exploración, desarrollo y construcción de minas, y yacimientos de petróleo y gas. 


96
158-1

Deducción por donaciones e inversiones en investigación, desarrollo tecnológico e innovación 



96
Rentas exentas
207-2

Otras rentas exentas (Nota: Para estudiar los efectos del cambio que se introduce a este artículo, deben estudiarse los artículos 99 y 100 de la Ley 1819 de 2016 y la sentencia de la Corte Constitucional C-235 de mayo de 2019)


96
211

Exención para empresas de servicios públicos domiciliarios (que había sido modificado con el artículo 40 de la Ley 2068 de diciembre 31 de 2020; se extiende hasta diciembre 31 de 2024 la exoneración del cobro de sobretasa de energía eléctrica a los prestadores de servicio turístico)


96

235-2

(Ver también páginas 146 a 153 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023)

Rentas exentas a partir del año gravable 2019 (ver también el último inciso del artículo 96 de la Ley 2277 de 2022)


96
235-3

Mega inversiones (ver también el último inciso del artículo 96 de la Ley 2277 de 2022)



96
235-4

Estabilidad tributaria para mega inversiones (ver también el último inciso del artículo 96 de la Ley 2277 de 2022)



96
Tarifas

240
(afectado con sentencia de la Corte Constitucional C-389 de Octubre 4 de 2023; 

(Ver también páginas 30 a 35 y 36 a 38 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023)

(Ver también
Resolución DIAN 
022 de febrero 14 de 2023 con la cual se prescribió el formulario 110 para año gravable 2023 y en el cual se designó equivocadamente el renglón 85 para liquidar las sobretasas al impuesto de renta)

Tarifas del impuesto de renta para personas jurídicas del régimen ordinario


10

240-1

(afectado con sentencia de la Corte Constitucional C-384 de octubre 2 de 2023)

Ver también páginas 35 a 36 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023)

Tarifa (de impuesto de renta) para usuarios de zona franca


11

242-1
(reglamentado con el Decreto 1103 de julio 4 de 2023)

Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por sociedades nacionales 


12
244-1
(ver Resolución DIAN 
022 de febrero 14 de 2023 con la cual se prescribió el formulario 110 para año gravable 2023 y se indicó que el impuesto voluntario iría en el renglón 117)

Aporte voluntario del impuesto de renta

20

245
(reglamentado con el Decreto 1103 de julio 4 de 2023)

Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidos por sociedades y entidades extranjeras y por personas naturales no residentes. 


4

246
(reglamentado con el Decreto 1103 de julio 4 de 2023)

Tarifa especial para dividendos y participaciones recibidos por establecimientos permanentes de sociedades extranjeras. 


13
Descuentos al impuesto de renta

256

(reglamentado con Decreto 2227 de dic 22 de 2023)

(Ver también páginas 27 a 29 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023)

Descuento para inversiones realizadas en investigación, desarrollo tecnológico o innovación.


21

256-1

(reglamentado con Decreto 1920 de noviembre 10 de 2023)

(Ver también páginas 29 a 30 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023)

Crédito fiscal para inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación o vinculación de capital humano de alto nivel


22
257-2

Descuento tributario por donaciones tendientes a lograr la inmunización de la población colombiana frente al covid-19 y cualquier otra pandemia.



96
259-1

Límite a los beneficios y estímulos tributarios para las sociedades nacionales y sus asimiladas, los establecimientos permanentes de
Entidades del exterior y las personas jurídicas extranjeras con o sin residencia en el país.

14

Ganancias ocasionales
303-1

Ganancia ocasional derivada de indemnizaciones por concepto de seguros de vida. 


29
306-1

Impuesto sobre premios de apuestas y concursos hípicos o caninos y premios a propietarios de caballos o canes de carreras.


96
307

Ganancias ocasionales exentas


30
313

Tarifa del impuesto de ganancia ocasional para sociedades y entidades nacionales y extranjeras


32
314

Tarifa del impuesto de ganancia ocasional para personas naturales residentes


33
316

Tarifa del impuesto de ganancia ocasional para personas naturales sin residencia


34
Régimen tributario especial

356-2

(reglamentado con Decreto 1920 de noviembre 10 de 2023)

Calificación al régimen tributario especial


23
364-5

Registro Web y remisión de comentarios de la sociedad civil


24





Impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación –SIMPLE– para la formalización y la generación de empleo

 

 

(Ver también páginas 38 a 51 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023 y el 154 de marzo 5 de 2024)

(ver también las Resoluciones DIAN 072 de mayo 4 de 2023 y 8737 de octubre 18 de 2023 con las cuales se prescribieron los nuevos formularios 2593 para anticipos bimestrales del 2023 y siguientes, y el 260 para la declaración anual del 2023 y siguientes

Sujetos pasivos
905
(afectado con sentencia de la Corte Constitucional C-540 de diciembre 5 de 2023)

Sujetos pasivos


42
906

Sujetos que no pueden optar por el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación


43
Tarifas

908

(afectado con sentencia de la Corte Constitucional C-540 de diciembre 5 de 2023)

Tarifas


44
Declaración y pago 910

Declaración y pago del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación simple


45
Descuentos al impuesto simple 912

 Crédito o descuento del impuesto por ingresos de tarjetas de crédito, débito y otros mecanismos de pagos electrónicos. 


46

2. Normas por fuera del Estatuto Tributario


Tema

Número de la norma

Título de la norma
Artículo de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 con el que fue agregado Artículo de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 con el que fue modificado Artículo de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 con el que fue derogado
Normas varias de todo tipo (impuesto al carbono, régimen de beneficios en las ZESE, etc.)
4 Ley 345 de diciembre 27 de 1996 Bonos para la seguridad se exoneran de renta presuntiva y la pérdida en venta de dichos bonos no es deducible en la declaración de renta

96
23 de la Ley 383 de julio 10 de 1997 Beneficios fiscales concurrentes
84
5 de la Ley 487 de diciembre 24 1998 Bonos de solidaridad para la paz se exoneran de renta presuntiva y la pérdida en venta de dichos bonos no es deducible en la declaración de renta

96
83 de la Ley 599 de julio 24 de 2000 (Código Penal) Término de prescripción de la acción penal
70
434-A de la Ley 599 de julio 24 de 2000 (Código Penal) Omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes
69
434-B de la Ley 599 de julio 24 de 2000 (Código Penal) Defraudación o evasión tributaria
69
97 de la Ley 633 de diciembre 29 de 2000 Deducción especial en renta para aerolíneas que realicen inversiones para aumentar sus vuelos hacia zonas apartadas del país

96
238 de la Ley 1819 de diciembre 29 de 2016 Obras por impuestos
86  
365 de la Ley 1819 de diciembre 29 de 2016 Certificado de reembolso tributario como Incentivo a las inversiones en Hidrocarburos y minería


96
180 de la Ley 1955 de mayo 25 de 2019 Deducción en renta del 165% por inversión en, o donación a, proyectos relacionados con Arte cultura y patrimonio.

27
Régimen ZESE
Toda la Ley 2238 de julio 8 de 2022 Régimen ZESE del artículo 268 de la Ley 1955 de mayo de 2019, con tributación reducida en renta durante 10 años, se aplicará a sociedades que se instalen entre 2022 y 2025 en Buenaventura (se establece que ahora solo aplicará hasta el 2024)
96
Toda La Ley 2240 de julio 8 de 2022 Régimen ZESE del artículo 268 de la Ley 1955 de mayo de 2019, con tributación reducida en renta durante 10 años, se aplicará a sociedades que se instalen entre 2022 y 2025 en Barrancabermeja (se establece que ahora solo aplicará hasta el 2024)
96
Deducción especial en renta 28 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 Deducción transitoria del impuesto de renta (personas naturales y jurídicas que ya estaban en San Andrés antes de noviembre 16 de 2020 y dedicados a actividades de turismo, podrán deducir en el 2023 el 150% de los salarios y prestaciones de sus trabajadores residentes) 
28

Normas varias de todo tipo (sistema de carrera de los servidores públicos de la DIAN; cotización a seguridad social de los independientes, reducción temporal de tasa de interés de mora, etc.) 95 de Ley 2277 de diciembre 13 de 2022
(afectado con Sentencia de la Corte Constitucional C-391 de octubre 4 de 2023)
Creación de una contribución para
beneficiar a los estudiantes que financian sus estudios en educación
superior mediante crédito educativo reembolsable con el ICETEX
95

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1.3. Clasificación general de las personas jurídicas frente al impuesto de renta y complementario por el año gravable 2023 


Para efectos de la correcta interpretación de las normas referentes al impuesto sobre la renta y complementarios,  es necesario hacer claridad sobre la clasificación general que el Estatuto Tributario hace de las personas jurídicas y personas naturales que desarrollan actividades económicas dentro del país. Nos referimos a la clasificación que se les hace entre “Contribuyentes del impuesto de renta y complementarios” y “No contribuyentes del impuesto de renta y complementarios” (ver todo el libro I del ET, el cual abarca los artículos 1 a 364-4). A su vez, de esos dos grandes grupos se derivan otros subgrupos en los cuales, según las disposiciones vigentes, se definen características específicas que aplican a cada uno de ellos. 

Adicionalmente, es importante destacar que el artículo 66 de la Ley 1943 de 2018 modificó los artículos 903 a 916 del ET (que componen el libro VIII del ET), eliminando de esa forma el anterior “régimen del monotributo” (al cual solo se podían acoger de manera voluntaria personas naturales comerciantes y/o peluqueros con ingresos anuales de hasta 3.500 UVT), pero dando al mismo tiempo vida jurídica al “régimen simple de tributación (SIMPLE)” (ver responsabilidad 47 en la casilla 53 del RUT y los códigos 100, 101, 116 a 119 y 125 en la casilla 89 de la segunda página del mismo RUT). Y ante la declaratoria de inexequibilidad de toda la Ley 1943 de 2018, los congresistas aprobaron, mediante el artículo 74 de la Ley 2010 de diciembre de 2019, extender la vida jurídica del régimen simple para los años gravables 2020 y siguientes.

Posteriormente, los artículos 41 a 43 de la Ley 2155 de septiembre de 2021, y luego los artículos 42 a 44 de la Ley 2277 de diciembre de 2022, modificaron los artículos 905, 908 y 909 del ET, en especial para aumentar de 80.000 a 100.000 UVT el tope de ingresos brutos ordinarios gravados obtenidos en el año anterior o en el año en curso y que permiten optar por el régimen simple, y también para ampliar de enero 31 a febrero 28 la fecha en la cual cada persona natural o jurídica, que ya venga operando en el régimen ordinario, podría optar por trasladarse al régimen simple. En consecuencia, durante el año gravable 2023 al régimen simple se podían acoger voluntariamente las personas naturales residentes y las sociedades nacionales que cumplieran con todos los requisitos de los artículos 905 y 906 del ET, antes de ser afectados con la Sentencia C-540 de diciembre 5 de 2023 (entre ellos, el de obtener en el año anterior, o en el año en curso, ingresos brutos ordinarios, sin incluir los no gravados con renta, inferiores a 100.000 UVT, unos $3.800.400.000 en el año 2022). 

Word transparente

Clasificación de las personas jurídicas frente al impuesto de renta y el SIMPLE AG 2023


En esta matriz, elaborada por el Dr. Diego Guevara,  se ilustran los grupos y subgrupos en los que terminaban siendo clasificadas las diferentes personas jurídicas al cierre del AG 2023 y se explican cuáles eran las características de cada uno frente al impuesto de renta y el SIMPLE, todo de acuerdo con las normas que estaban vigentes a diciembre 31 de 2023.

Descarga aquí.png

 

Al acogerse al régimen simple dejaban de ser “contribuyentes del impuesto de renta y complementarios en el régimen ordinario (responsabilidad 05 en el RUT)”. Dicho régimen simple fue imperfecta y tardíamente reglamentado, primero con los decretos 1468 de agosto 13 de 2019 y 2371 de diciembre 27 de 2019, y luego con los decretos 1091 de agosto 3 de 2020, 1457 de noviembre 12 de 2020 y 1847 de diciembre 24 de 2021. Además, fue declarado exequible con la Sentencia de la Corte Constitucional C-493 de octubre 22 de 2019. Y posteriormente, con la Sentencia de la Corte Constitucional C-066 de marzo 18 de 2021, se estableció que en el régimen simple no se aceptarán las devoluciones, rebajas ni descuentos en ventas. 

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De acuerdo con publicaciones del portal de la DIAN, al corte de noviembre 30 de 2023 en el régimen simple se habían inscrito voluntariamente un total de 125.800 contribuyentes de los cuales 72.564 eran personas jurídicas sociedades nacionales, y el resto, 53.236, personas naturales residentes; sin embargo, posteriormente fueron retirados o excluidos unos 15.559). 

En conclusión, el “régimen simple de tributación” representa ahora un tercer grupo especial en el cual pueden llegar a figurar también muchas personas jurídicas (sociedades nacionales), al igual que muchas personas naturales residentes.

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