Tenga en cuenta que el no reconocimiento de la licencia de maternidad por parte de la EPS que argumenta que la trabajadora no cumple con el número de semanas cotizadas, no es culpa del empleador, los responsables del pago son la EPS y el SGSSS.
Tenga en cuenta que el pago de incapacidades por enfermedad general y ARL son auxilios que permiten sustituir el salario del trabajador cuando este se ausenta de sus labores y no suspenden la relación laboral.
El auxilio por incapacidad es un derecho de los empleados. Es importante reconocer la responsabilidad de los empleadores, considerando que dicho pago constituye la garantía al mínimo vital, a la salud, la dignidad y la vida del trabajador inhabilitado física o emocionalmente para ejercer su trabajo.