Cuándo se tiene una empleada doméstica y se le paga la seguridad social con una planilla tipo S, ¿se le debe liquidar la prima de servicios?
Si el sueldo es variable debido a las horas extra, dominicales y festivas, ¿para calcular la prima se tiene en cuenta la deducción de seguridad social y demás o se calcula con el total devengado por el empleado sin tener en cuenta dichas deducciones?
¿Se pueden descontar de la prima de servicios deudas que tenga el trabajador con el empleador, como el daño de equipos de cómputo?
¿Se puede liquidar la prima de servicios a un trabajador cuando existe un pacto de salario integral?
¿A los trabajadores con salario integral que se encuentran en períodos de incapacidad se les debe liquidar la prima de servicios?
Si al trabajador del sector privado se le aplica el procedimiento 1 o 2 de retención en la fuente, es posible que el pago de su prima legal no termine sufriendo retención si es inferior a $4.813.000.
La retención sobre pagos laborales la deben practicar hasta los empleadores del régimen simple.
La prima de servicios es una prestación social que se otorga dos veces al año a los trabajadores con vinculación directa en una organización.
A continuación, te contamos los detalles de qué tipo de trabajadores tienen derecho a recibirla y quiénes no gozan de dicha prestación.
¿El valor del pago de la prima de servicios es base para cotizar a la seguridad social y a los parafiscales?
La entidad alista una ventanilla virtual para que los trabajadores domésticos se comuniquen con el ministerio si no están siendo correctamente pagadas sus prestaciones sociales.
Hasta la fecha, el Ministerio del Trabajo informó que se ha cancelado el 21,6 % de las primas de servicios para los trabajadores domésticos.
Realizaremos la liquidación de los costos de nómina en junio 2022 pagados a un trabajador que devenga el smmlv, mes en que se debe pagar la prima de servicios.
También se incluyen los pagos provisionados como vacaciones, cesantías e intereses sobre las cesantías y descuentos por seguridad social.
La prima de servicios es una prestación social propia del contrato de trabajo, por ello la regla general es que las personas con contrato de prestación de servicios no tienen este derecho; sin embargo, existen casos en donde el contratista podría exigir el pago de la misma.
Conoce más sobre ello.