Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: semana 8 de mayo

Concepto 007005 de 09-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 9 mayo, 2017

El Ministerio de Hacienda aclara que las entidades territoriales no tienen potestad para conceder beneficios tributarios, incluida la condición especial de pago respecto de la sobretasa ambiental, toda vez que su papel es de meros recaudadores, y en consecuencia, no tienen facultades de administración o disposición sobre estos recursos.

Decreto 738 de 08-05-2017

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 8 mayo, 2017

El 8 de mayo del año en curso, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 738 con el cual reglamenta el Monotributo, creado con la Ley 1819 de 2016 – Ley de reforma estructural. Dicho decreto establece como sujetos pasivos del monotributo BEPS, aquellas personas naturales que cumplan con los requisitos señalados en los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 905 del ET; en el caso del monotributo riesgos laborales, podrán ser sujetos pasivos las personas naturales que cumplan con los requisitos señalados en los numerales 1, 2 y 4 del artículo 905 del ET. El decreto también establece el valor del impuesto, el cual varía según la categoría en la cual se ubique el contribuyente, así como los plazos para declararlo y pagarlo. Cabe señalar que el decreto menciona que, para el año gravable 2017, las personas naturales que opten por acogerse al monotributo podrán inscribirse en el RUT como contribuyentes del mismo antes del 31 de mayo del 2017, conforme lo dispuesto en el artículo 909 del ET.

Concepto Unificado 35 de 08-05-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 8 mayo, 2017

La Superintendencia de Servicios modificó su posición respecto a que la constitución de empresas de servicios públicos domiciliarios bajo la figura de sociedades por acciones simplificadas debía seguir los lineamientos establecidos en el artículo 19 de la Ley 142 de 1994, respecto del principio de pluralidad de socios, por lo que éstas no podían conformarse con una sola persona natural o jurídica. y por ende, la composición societaria de una solo persona no era bien recibida. A través de Concepto Unificado 35, dicha Superintendencia replantea su posición indicando que las empresas de servicios públicos domiciliarios que se constituyan como SAS, podrán conformarse con un solo socio cuando asi se desee, y que adicionalmente, se regirán por lo establecido en la Ley 1258 de 2008, en todos los aspectos societarios en ella dispuestos, lo que incluye la potestad de crear el órgano social: Junta Directiva. Asimismo, señala que el principio de pluralidad de socios expuesto en el artículo 19 de la Ley 142 de 1994, debe entenderse aplicable a aquellas empresas de servicios públicos domiciliarios que se constituyan con más de un accionista.

Decreto 731 de 05-05-2017

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 5 mayo, 2017

A través del Decreto 731 del 5 de mayo del 2017, el Ministerio de Hacienda fijó la exención transitoria del IVA hasta el 31 de diciembre de 2017 para el municipio de Mocoa. Con esta disposición estarán exentos del IVA sin derecho a devolución y/o compensación los alimentos, calzado, prendas de vestir, materiales de construcción y/o electrodomésticos y gasodomésticos. De igual manera, el decreto establece los requisitos para que las ventas que se realicen desde el resto del territorio nacional a responsables del régimen común y a las personas naturales pertenecientes al régimen simplificado que estén dirigidas al municipio de Mocoa, también gocen de la exención del IVA. Asimismo, las personas jurídicas contribuyentes del impuesto de renta que con anterioridad a la declaratoria de emergencia se encuentren domiciliados o tengan establecimiento de comercio en el municipio de Mocoa, tendrán para los periodos gravables 2017 y 2018 un tarifa de retención en la fuente y autorretención a título del impuesto de renta del 0%.

Decreto 732 de 05-05-2017

Decreto, Derecho Comercial, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 5 mayo, 2017

Por el cual se dictan medidas transitorias para contribuir al fortalecimiento de la solidaridad y la economía social, y conjurar la Emergencia Económica, Social y Ecológica en el municipio de Mocoa, Departamento del Putumayo.

Resolución 14874 de 28-04-2017

Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 28 abril, 2017

Por el cual se amplía el plazo de reporte de información financiera para las entidades clasificadas en el grupo 2 establecido en la Resolución 7419 del 28 de marzo de 2017.

Oficio 220-089151 de 27-04-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 27 abril, 2017

Por regla general, mientras la sociedad no se halle disuelta por alguna de las causales establecidas en el artículo 218 del Código de Comercio, esta conserva su capacidad jurídica para desarrollar su objeto social, ejercer derechos, contraer obligaciones, e igualmente puede ser sancionada por el incumplimiento de sus deberes. Así pues, el inscrito tiene la obligación de renovar la matrícula mercantil anualmente dentro de los primeros 3 meses de cada año, e informar a la Cámara de Comercio la pérdida de su calidad de comerciante y cualquier otra mutación referente a su actividad comercial para que se efectúe la anotación respectiva. El incumplimiento de este deber es sancionado con multa por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio y puede dar lugar a la cancelación de la matrícula mercantil cuando no se realiza la renovación de la misma durante el término superior a 5 años.

Oficio 220-083324 de 25-04-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 25 abril, 2017

El artículo 185 del Código de Comercio señala que el socio que tenga el carácter de administrador, bien sea como representante legal o miembro de la junta directiva, está impedido para representar cuotas o acciones diferentes a las propias en reuniones del máximo órgano social, e igualmente para votar los balances de fin de ejercicio, y las de liquidación mientras esté en ejercicio de su cargo, lo que permite colegir que si al momento de la votación del máximo órgano social de que se trate, el socio no ostenta dicha calidad, no será sujeto de la restricción aludida, máxime como es sabido, que las normas de carácter restrictivo o prohibitivo, tienen aplicación eminentemente restrictiva, de donde no le es dable al interprete extender sus alcances.

Resolución 1268 de 25-04-2017

Derecho Laboral, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 25 abril, 2017

El 25 de abril, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 1268 con el fin de definir los criterios para llevar a cabo la afiliación de oficio de las personas que cumplen los requisitos para pertenecer al Régimen Subsidiado y rehúsan afiliarse al Sistema General de Seguridad Social. De acuerdo con la Resolución, para realizar la afiliación de oficio al Régimen Subsidiado, es necesario que las entidades territoriales: 1. Identifiquen a las personas no afiliadas al Régimen Subisidiado; 2. Verifiquen la existencia de las condiciones para pertenecer al Régimen Subisidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud; 3. Determinen la renuencia del no afiliado; 4. Comuniquen a la persona su obligación de afiliarse o diligenciar el formato de constancia de no afiliación; 5. Seleccionen una EPS-S por parte de la Secretaría de Salud o la entidad que hagas sus veces; y 6. Realicen la afiliación o inscripción del renuente.

Oficio 220-082903 de 21-04-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 21 abril, 2017

La Supersociedades reitera que la sucursal de una sociedad extranjera no es ente autónomo distinto de la casa matriz por cuanto no goza de personería jurídica independiente, toda vez que es ésta quien la crea por decisión del órgano de dirección, otorgándole a la sucursal ciertas facultades para el desempeño de las actividades que le asigne, y observando las facultades exigidas por la ley. Por otra parte, aunque no es viable jurídicamente que una sociedad extranjera incorpore en el país más de un sucursal, si puede abrir otro u otros establecimientos de comercio, pero no a título de sucursal; es decir, que si bien la casa matriz solo puede establecer una sucursal en los términos del artículo 471 del Código de Comercio, también lo es que adicionalmente puede abrir los establecimientos de comercio que sean necesarios para el desarrollo de las actividades económicas que se proponga adelantar la sociedad en el territorio nacional.

Oficio 220-082201 de 19-04-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 19 abril, 2017

El artículo 184 del Código de Comercio establece el derecho que tienen los socios de cualquier compañía de hacerse representar en las reuniones de la junta de socios o asamblea, señalando como uno de los primeros requisitos que el poder conste por escrito, con indicación del nombre del apoderado, la persona en quien este puede sustituirlo, si es el caso, la fecha o época de la reunión o reuiones para las que se le confiere y los demas requisitos establecidos en los estatutos. Asimismo, del artículo 184 se deduce que la representación puede encontrarse en cabeza de cualquier persona natural o jurídica, pues el legislador no consagró en la Ley 222 de 1995 y otra disposición del Estatuto mercantil norma contraria; de igual manera, es claro que en una sola persona se pueden encontrar representadas varias voluntades, pues análogo a lo antes mencionado, tampoco existe regla que exprese lo contrario. Así pues, resulta claro que los derechos políticos de los socios pueden ser ejercidos directamente o no, por lo que ninguna sanción puede imponérsele al actuar por intermedio de apoderado.

Proyecto de Decreto Componente Inflacionario 2016

Impuestos, NORMATIVIDAD, Proyectos Publicado: 19 abril, 2017

Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016, “Único Reglamentario en Materia Tributaria” para sustituir unos artículos del Capítulo 12 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y un artículo al Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1, y establecer los porcentajes de componente inflacionario no constitutivo de renta, ganancia ocasional, costo o gasto, por el año gravable 2016 y el rendimiento mínimo anual de préstamos entre las sociedades y sus socios por el año gravable 2017.

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