Actualícese.com

5 aspectos importantes sobre el tratamiento tributario de los honorarios

En esta publicación mencionaremos algunos aspectos importantes relacionados con el tratamiento tributario de los ingresos por honorarios percibidos por personas naturales que presten servicios y que contraten o vinculen a la empresa por actividades o períodos específicos. ¡No te los pierdas!

Fecha de publicación: 5 de octubre de 2021
5 aspectos importantes sobre el tratamiento tributario de los honorarios
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En esta publicación mencionaremos algunos aspectos importantes relacionados  con el tratamiento tributario de los ingresos por honorarios percibidos por personas naturales que presten servicios y que contraten o vinculen a la empresa por actividades o períodos específicos. ¡No te los pierdas!

Los honorarios son la remuneración al trabajo en actividades desarrolladas por expertos; asesorías y ejecución de programas científicos, profesionales, técnicos y de asistencia técnica, culturales, deportivos; y contratos de consultoría y contratos, de acuerdo con lo señalado en el artículo 103 del Estatuto Tributario.  

Te presentamos 5 respuestas clave que te ayudarán a resolver inquietudes relacionadas con este tema:  

Retención en la fuente: ¿cuáles hechos se consideran servicios u honorarios? 

De acuerdo con el artículo 392 del Estatuto Tributario, están sujetos a retención en la fuente los pagos o abonos en cuenta que hagan las personas jurídicas y sociedades de hecho por concepto de honorarios, comisiones, servicios y arrendamientos. 

Conoce de la mano del Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, cuáles hechos se consideran servicios y cuáles honorarios para efecto de determinar la tarifa de retención en la fuente, de acuerdo con lo mencionado en el Concepto 59443 de julio 7 de 2006. 

Complementa esta respuesta visitando nuestro análisis Retención en la fuente: ¿cuándo un hecho se considera servicio u honorario? 

Tratamiento tributario de los ingresos por honorarios en la declaración de renta persona natural 

En esta publicación, el Dr. Diego Guevara da a conocer cuál es el tratamiento de los ingresos por honorarios que se debe dar, en la declaración de renta persona natural presentada ante la Dian, en el formulario 210 para el año gravable 2020.  

No olvides que en nuestro análisis Declaración de renta personas naturales en 11 pasos te contamos todo lo que necesitas saber para la efectiva elaboración del formulario 210; además, en nuestro Calendario tributario 2021 podrás confirmar las fechas establecidas para el cumplimiento de tus obligaciones tributarias.  

Rentas no laborales para personas naturales que perciben honorarios 

El Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, indica en relación con la declaración de renta cuáles son los contribuyentes que deben reportar las rentas no laborales percibidas por honorarios o compensaciones por servicios personales en la cédula, de acuerdo con los artículos 335 y 336 del Estatuto Tributario. 

Formato de exógena para reportar los pagos por concepto de honorarios del año gravable 2020 

La información exógena es un conjunto de datos sobre las operaciones con clientes, proveedores o terceros que las personas naturales y jurídicas deben presentar periódicamente a la administración tributaria. Conoce más información en nuestro análisis Información exógena: novedades normativas, guías y mucho más. 

El Dr. Diego Guevara explica en qué formato de información exógena 2020 se deben presentar los pagos por concepto de honorarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Resolución 000070 de octubre 2019. 

Solicitud de seguridad social como soporte de gastos por honorarios en el impuesto de renta 

A continuación, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, señala algunos aspectos normativos importantes que se deben tener en cuenta en relación con el pago de los aportes a seguridad social de los trabajadores independientes. 

También indica cómo proceder para la deducción en el impuesto sobre la renta y complementarios a los pagos a seguridad social de los trabajadores independientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.2.4.1.7 del DUT 1625 de 2016 

Complementa esta respuesta visitando nuestro análisis Aportes a seguridad social para procedencia de la deducción de pagos a trabajadores independientes. 

Material relacionado: