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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Novedades en el trámite del RUT con la Resolución 000110 de 2021


Novedades en el trámite del RUT con la Resolución 000110 de 2021

La Resolución 000110 de octubre 11 de 2021 introdujo novedades en relación con el trámite del RUT para personas naturales y jurídicas comerciantes.

La inscripción podrá realizarse directamente en la plataforma del Rues.

Dichas modificaciones tendrán efecto a partir de abril de 2022.

En el siguiente video, nuestro conferencista Diego Guevara Madrid, destacado tributarista y líder de investigación en impuestos de Actualícese, explica cuáles son las novedades que introduce la Resolución 000110 de 2021 en relación con el trámite del RUT. Veamos:

De acuerdo con lo expuesto por nuestro conferencista, la Resolución 000110 de octubre 11 de 2021 entrará a regir a partir de abril de 2022 y derogará la Resolución 000052 de junio de 2016, con el propósito de modificar el procedimiento de la inscripción en el RUT por parte de las personas naturales y jurídicas comerciantes.

Así, cuando una persona requiera inscribirse en el RUT para desarrollar alguna actividad que la catalogue como comerciante, podrá efectuar dicho proceso a través de la plataforma del registro único empresarial –Rues– administrada por las cámaras de comercio.

Anteriormente, se solicitaba que primero se prediligenciara el RUT en la plataforma de la Dian y luego se llevara a la cámara de comercio para la inscripción en el registro mercantil, en donde se formalizaba este proceso.

Con la actual norma se modificó este trámite para dar cumplimiento a los artículos 146 y 147 del Decreto Ley antitrámite 2106 de noviembre de 2019, y así facilitar el proceso que deben realizar las personas naturales y jurídicas que requieren el RUT y a su vez el respectivo registro mercantil.

De esta manera, será la cámara de comercio la que deberá construir un archivo con la información de identificación que conforma el RUT y solicitar a la Dian la formalización de la inscripción y la asignación del NIT por medio del servicio de interoperabilidad establecido para tal efecto y previa autenticación del uso del servicio.

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