Una persona tiene una declaración de renta con pérdida líquida de $3.000.000, renta presuntiva de $694.000 y con saldo a favor de $3.306.000, ¿qué pasa con el saldo a favor al compensar en el siguiente año la pérdida de $3.000.000? ¿La compensación por exceso de renta presuntiva sería de $694.000 o el valor que arrojó la pérdida más el valor de la renta presuntiva?