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Dian haría devoluciones exprés de saldos a favor de impuestos


Por mandato de la Ley de Financiamiento, el Gobierno alista nuevas reglas para que, en 10 días hábiles, se les dé respuesta a los contribuyentes. Existen dos condiciones a cumplir para que se devuelvan.

Los saldos a favor que los colombianos tienen registrados ante la Dian, que pueden ascender a varios billones de pesos, tendrían un método exprés para ser devueltos, de oficio, a los contribuyentes. Esta medida contemplada en la Ley de Financiamiento señala que el mecanismo de devolución automática de saldos a favor aplica a contribuyentes y responsables que, primero, “no representen un riesgo alto de conformidad con el sistema de análisis de riesgo de la Dian”, y aquellos con “más del 85 % de los costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas descontables que provengan de proveedores que emitan sus facturas mediante el mecanismo de factura electrónica”.

Este mandato se lo entregó el Congreso en diciembre pasado a la Dian, que hizo lo propio y está a punto de expedir un decreto reglamentario de la materia, de tal modo que las devoluciones de saldos a favor se hagan de manera ‘exprés’. Así mismo, cuando se debatió en el Congreso, uno de los argumentos para pasarlo tuvo que ver con el ‘dolor de cabeza’ que para algunos colombianos termina siendo la solicitud de un saldo a favor.

En el mismo proyecto de decreto, el Ministerio de Hacienda y la Dian reconocen que esta medida busca “reducir los términos de reconocimiento y pago de la devolución”, que en este caso aplicará solo para aquellos contribuyentes que declaren y paguen los impuestos de renta e IVA.

Fuente: Portafolio.

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