En esta publicación se mencionan aspectos relacionados con los contribuyentes del régimen tributario especial, señalado en el artículo 19 del ET. Cabe mencionar que para ser parte de este régimen se deben cumplir con algunos requisitos, por ejemplo, estar legalmente constituidos.
En esta publicación se mencionan aspectos relacionados con los contribuyentes del régimen tributario especial, señalado en el artículo 19 del ET.Cabe mencionar que para ser parte de este régimen se deben cumplir con algunos requisitos, por ejemplo, estar legalmente constituidos.
Las asociaciones, corporaciones y fundaciones que se constituyan como entidades sin ánimo de lucro –Esal– pueden pertenecer al régimen tributario especial –RTE–.
A continuación, te presentamos 6 respuestas clave que te ayudarán a resolver inquietudes relacionadas con este tema:
Entidades del régimen especial frente a la declaración de activos en el exterior
La declaración anual de activos en el exterior debe ser presentada por los contribuyentes (personas naturales y jurídicas) que posean activos en el exterior. Lo anterior no implica que se deba pagar impuesto alguno. La declaración tiene la finalidad informativa de identificar los activos que el contribuyente tenga en el exterior.
En el siguiente video podrás conocer de la mano del Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, si los contribuyentes pertenecientes al régimen tributario especial se encuentran obligados a presentar la declaración anual de activos en el exterior, según lo indicado en el artículo 607 del Estatuto Tributario –ET–.
Para conocer más detalles sobre este tema, consulta nuestro editorial Declaración de activos en el exterior: todo lo que necesitas saber al respecto.
Cálculo de la renta presuntiva por las entidades del régimen tributario especial
En el siguiente video, nuestro consultor Diego Guevara da a conocer si las entidades pertenecientes al régimen tributario especial deben calcular renta presuntiva, la cual se debe realizar bajo los términos del artículo 189 del ET en la declaración de renta del año gravable 2020.
Conoce los porcentajes para calcular la renta presuntiva y otros detalles en nuestra publicación Renta presuntiva para el año gravable 2021.
No olvides que en nuestro Calendario tributario 2021 podrás encontrar fácil y rápido los plazos de las obligaciones tributarias para el año gravable en curso.
Beneficio de auditoría para entidades del régimen tributario especial
El beneficio de auditoría establecido en el artículo 689-2 del ET tiene como finalidad disminuir el término de firmeza de la declaración de renta. En esta publicación el Dr. Diego Guevara menciona si los contribuyentes pertenecientes al régimen tributario especial pueden acogerse a este beneficio; adicionalmente, da a conocer cuáles son los requisitos que se necesitan para aplicar a dicho beneficio.
Conoce más información relacionada con el tema en nuestra publicación Beneficios de auditoría con la Ley de crecimiento económico.
Abuso en materia tributaria por las entidades del régimen tributario especial
El Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, da a conocer cuáles son los actos y circunstancias que representan abuso en materia tributaria por parte de las entidades pertenecientes al régimen tributario especial, según artículo 364-2 del ET.
Menciona, además, cuáles son las consecuencias que recaen en los contribuyentes pertenecientes al RTE por incurrir en los abusos mencionados.
Cálculo del anticipo de renta por las entidades del régimen tributario especial
Los contribuyentes pertenecientes al régimen tributario especial se encuentran señalados por el artículo 19 del ET, modificado por el artículo 140 de la Ley 1819 de 2016.
A continuación, se menciona si los contribuyentes pertenecientes al RTE se encuentran obligados a calcular el anticipo del impuesto de renta de acuerdo con lo estipulado en el artículo 1.2.1.5.4.8 del DUT 1625 de 2016.
Incidencia de los dividendos en el excedente fiscal de una entidad del régimen tributario especial
En este punto, no pierdas de vista un dato adicional con respecto a lo que explicó el Dr. Guevara en el anterior video: el Gobierno redujo al 0 % el valor del anticipo al impuesto de renta del año gravable 2021 para varios contribuyentes del régimen ordinario afectados con la actual crisis económica que genera la pandemia del COVID-19. Para conocer más al respecto consulta nuestro editorial Anticipo del impuesto de renta AG 2021 fue reducido con Decreto 375 de abril 9 de 2021.
Incidencia de los dividendos en el excedente fiscal de una entidad del régimen tributario especial
En esta publicación podrás conocer de la mano del Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, cuál es la incidencia del pago de dividendos gravados o no gravados en la depuración del excedente fiscal en las entidades del régimen tributario especial.
Se menciona, además, cuál es la incidencia que se presenta en el renglón 55 del formulario 110 implementado para la presentación de la declaración de renta de personas jurídicas y personas naturales no residentes.
Ten al alcance de tus manos todos los formularios e instructivos de la Dian para la presentación de las responsabilidades tributarias de los años gravable 2020 y 2021 AQUÍ
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