Para Horacio Ayala, la devolución del IVA es un subsidio y su distribución es arbitraria.
Germán Machado dice que hay tranquilidad ya que la medida no afectará el recaudo.
Camilo Rodríguez afirma que exención del IVA por tres días genera un costo fiscal sin que se evidencie un beneficio.
Para Horacio Ayala, la devolución del IVA es un subsidio y su distribución es arbitraria.
Germán Machado dice que hay tranquilidad ya que la medida no afectará el recaudo.
Camilo Rodríguez afirma que exención del IVA por tres días genera un costo fiscal sin que se evidencie un beneficio.
El IVA es uno de los impuestos con mayor protagonismo en la Ley 2010 de 2019, ya que está presente en dos de las medidas sociales que buscan el bienestar para los contribuyentes: en su devolución para las familias más necesitadas y en los tres días al año donde no se cobrará.
Según el Departamento Nacional de Planeación –DNP–, el esquema de compensación tendrá un costo aproximado de 1,53 billones de pesos, el cual será incorporado en el marco de gasto de las diferentes entidades que operarán el programa.
Desde el punto de vista del exdirector de la Dian, Horacio Ayala, la devolución del IVA para las familias más necesitadas se traduce en un subsidio, «que por su naturaleza y la forma de distribución resulta arbitrario, sin relación directa con el IVA pagado por los beneficiados».
Por otra parte, considera que la medida de los tres días sin IVA no es efectiva para beneficio de los consumidores.
«Tampoco creo que afecte de manera notoria el recaudo. Se trata de trasladar a unas fechas caprichosas el popular Black Friday gringo o crear unos nuevos», dice en entrevista con Actualícese.
Para Ayala, el problema de la economía colombiana no es el consumo, como se observa en los indicadores de 2019.
Por su parte, Camilo Andrés Rodríguez Vargas, director de impuestos y servicios legales de KPMG, afirma en diálogo con Actualícese que la devolución del IVA para las familias más necesitadas es acertada.
“Pese a que algunos califican la medida como populismo tributario, considero que se debe analizar teniendo en cuenta dos factores. Primero, por esta vía, el Gobierno y el Congreso allanaron el camino para que, en una futura reforma tributaria, se amplíe la base gravable del IVA a toda la canasta básica familiar, como quiera que se blindó, a futuro, de posibles declaratorias de inconstitucionalidad sobre la afectación del mínimo vital de las clases más vulnerables”, señala.
El segundo factor es que no se puede perder de vista la creación de una comisión de estudios de beneficios tributarios, que seguramente, dentro de las recomendaciones, incluirá la ampliación de la base gravable del IVA a dichos bienes, más cuando según la Dian estos representan aproximadamente entre el 55 % y 60 % del total de los beneficios.
Para Juana Téllez, economista jefe de BBVA Research para Colombia, la compensación del IVA a las capas más pobres de la población será un reto inmenso, en doble vía: “para que el dinero llegue realmente a quienes está destinado y para intervenir directamente en la informalidad laboral”.
En lo que se refiere a los tres días sin IVA, Rodríguez Vargas piensa que es una medida pensada principalmente para estimular el consumo en algunos días del año que tradicionalmente son de bajo consumo.
“En la perspectiva de valor agregado habrá imputación de descontables, pero no impuesto generado, lo cual disminuye el impuesto a cargo”, dice.
A diferencia de la compensación del IVA, Rodríguez Vargas cree que la exención del IVA por tres días genera un costo fiscal sin que se evidencie a futuro un beneficio.
“Es la oportunidad para que la Dian tenga en cuenta que la parametrización de los sistemas electrónicos de facturación y registro por tres días al año, para determinados bienes, es muy compleja y costosa para las empresas”, puntualiza.
Germán Darío Machado, asesor del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dice en Actualícese que existe la tranquilidad de que esta medida no afectará significativamente el recaudo.
“Aunque existe esta y otras medidas de gasto social, como la compensación del IVA, hay otros elementos (normalización tributaria, IVA plurifásico, impuesto al patrimonio y la remisión de utilidades, y la sobretasa de renta al sector financiero) que compensan los efectos sobre las finanzas públicas del resto de disposiciones”, explica.