Se liberó el 22 de julio de 2020. Sin embargo, la Dian dejó sin bloquear celdas correspondientes a cifras que solo son contables, pero no son fiscales, y viceversa. Las personas naturales grandes contribuyentes que deban presentarlo virtualmente tienen plazo hasta agosto 9 de 2020.
Martes 28 de julio de 2020
PREVALIDADOR DEL FORMATO 2517 V. 2 FUE LIBERADO POR LA DIAN
Por MARIA CECILIA ZULUAGA – DIRECTORA DE GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO
A través de un comunicado de prensa publicado el 22 de julio de 2020, la Dian puso a disposición de los usuarios el prevalidador del formato 2517 v. 2, anexo del formulario 210 correspondiente al año gravable 2019.
Dicho anexo deberá ser elaborado por todas las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas residentes que durante dicho año gravable se quedaron en el régimen ordinario y lleven contabilidad ya sea de forma obligatoria o voluntaria.
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