Una persona firmó contrato a término fijo de un año, el contratante fue uno de los socios de la empresa. En el mes de julio, la empresa decidió cambiar la modalidad por prestación de servicios, ¿está la empresa en la obligación de cancelar todas las prestaciones sociales e incluir el pago del tiempo que faltaba del contrato inicial a título de indemnización?
Responde:
Dr. Alexander Coral (Líder de Investigación Legal de actualicese.co)