Nuevos recursos
ACTUALIDAD - 13 junio, 2025
FORMATOS - 12 junio, 2025
FORMATOS - 12 junio, 2025
FORMATOS - 12 junio, 2025
FORMATOS - 12 junio, 2025
Derecho Laboral - 10 junio, 2025
FORMATOS - 10 junio, 2025
ACTUALIDAD - 9 junio, 2025
FORMATOS - 9 junio, 2025
FORMATOS - 9 junio, 2025
ACTUALIDAD - 3 junio, 2025
Derecho Laboral - 29 mayo, 2025
Derecho Laboral - 29 mayo, 2025
Derecho Laboral - 29 mayo, 2025
Cartas - 29 mayo, 2025
Capacitación - 7 junio, 2025
Capacitación - 23 mayo, 2025
El CTCP indique que, cualquier labor que implique certificar, dictaminar o dar aseguramiento sobre la información financiera es, por naturaleza, de competencia exclusiva del profesional contable.
Mediante el Concepto 2025-0158, el CTCP ha clarificado el alcance de las actividades relacionadas con la ciencia contable, estableciendo una diferencia fundamental entre las funciones que son de ejercicio exclusivo del contador público y aquellas «similares» que pueden ser compartidas con otras profesiones.
Para dar respuesta a la consulta planteada, el Consejo concluyó que el factor que determina la exclusividad de cualquier actividad contable es el ejercicio de la Fe Pública.
Lo anterior, debido a que esta es una autoridad que el Estado delega únicamente al contador público para que, con su firma y atestación, garantice la veracidad y fidedignidad de la información económica y financiera, convirtiéndolo así en un depositario de la confianza pública ante la sociedad.
Bajo este contexto, se puede afirmar que la reserva de campos de acción exclusivos para los contadores se puede distinguir por dos características: (I) por razón de la naturaleza del asunto y (II) por razón del cargo.
Por esta razón, cualquier labor que implique certificar, dictaminar o dar aseguramiento sobre la información financiera es, por naturaleza, de competencia exclusiva del profesional, lo que incluye funciones como la revisoría fiscal, la interventoría de cuentas y la emisión de dictámenes sobre estados financieros.
Adicionalmente, la ley exige la calidad de contador público para desempeñar ciertos cargos específicos, tanto en el sector público como en el privado. Entre estos se encuentran las posiciones de jefe de contabilidad, auditor interno o externo, y perito en controversias de carácter técnico-contable, garantizando así la idoneidad en roles de alta responsabilidad.
Sin embargo, el CTCP aclara que existen numerosas actividades conexas que no son exclusivas, como la gestión financiera general, la participación en procesos de Due Diligence o la preparación de informes de sostenibilidad, debido a que estas tareas pueden ser realizadas por otros profesionales, siempre y cuando no impliquen la certificación o atestación final que exige la Fe Pública.
Únete a nuestro canal de WhatsApp aquí para que estés al día con todas las noticias.
Suscríbete aquí al boletín ACTUALÍCESE, a nuestro canal X (antes Twitter) y @actualicesevideo en YouTube, y recibe todas las claves informativas de la actualidad tributaria y contable en Colombia.
Conoce nuestro canal de Tik Tok y navega en medio de videos para que despejes dudas y te superes a nivel profesional.
Para ver los últimos reels, historias, videos y carruseles con información relevante y útil de la profesión, ingresa ya y suscríbete a nuestro Instagram.