Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Declaración de ingresos y patrimonio: plazos para su presentación


Declaración de ingresos y patrimonio: plazos para su presentación
Actualizado: 24 febrero, 2017 (hace 7 años)

En Colombia hay algunas entidades que por sus características no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario; sin embargo, por disposición expresa de la ley, están obligadas a presentar declaración de ingresos y patrimonio en los términos indicados en los artículos 1.6.1.13.2.9, 1.6.1.13.2.10 y 1.6.1.13.2.16 del Decreto 1625 de 2016.

“el artículo 1.6.1.13.2.9 del Decreto 1625 de 2016 señala a las entidades no contribuyentes que se encuentran obligadas a presentar la declaración de ingresos y patrimonio”

Presentar la declaración de ingresos y patrimonio es una de las obligaciones tributarias que deben cumplirse a nivel nacional. De esta manera, el artículo 1.6.1.13.2.9 del Decreto 1625 de 2016 señala a las entidades no contribuyentes que se encuentran obligadas a presentar la declaración de ingresos y patrimonio:

  1. Las entidades de derecho público no contribuyentes, con excepción de las señaladas en el artículo 1.6.1.13.2.10. del Decreto 1625 de 2016 (modificado por el artículo 5 del Decreto 2105 de 2016), que se enuncian a continuación:
    • La Nación, los Departamentos, los Municipios, el Distrito Capital de Bogotá, el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena, Distrito Turístico Santa Marta, los Territorios Indígenas y las demás entidades territoriales.
    • Las juntas de acción comunal y defensa civil, los sindicatos, las asociaciones de padres de familia y las juntas copropietarios administradoras edificios organizados en propiedad horizontal o de copropietarios conjuntos residenciales.
    • Las asociaciones de hogares comunitarios y hogares infantiles del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o autorizados por este y asociaciones de adultos mayores autorizados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
  1. Las siguientes entidades sin ánimo de lucro:

Las sociedades de mejoras públicas, las instituciones de educación superior aprobadas por el ICFES que sean entidades sin ánimo de lucro, los hospitales que estén constituidos como personas jurídicas sin ánimo de lucro, las organizaciones de alcohólicos anónimos, las asociaciones de exalumnos, los partidos o movimientos políticos aprobados por el Consejo Nacional Electoral, las ligas de consumidores, los fondos de pensionados; los movimientos, asociaciones y congregaciones religiosas que sean entidades sin ánimo de lucro; los fondos mutuos de inversión y las asociaciones gremiales cuando no desarrollen actividades industriales o de mercadeo, y las personas jurídicas sin ánimo de lucro que realicen actividades de salud que tengan el permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social y los beneficios o excedentes que obtengan se destinen en su totalidad al desarrollo de los programas salud.

  1. Los fondos de inversión, fondos de valores y fondos comunes que administren las entidades fiduciarias.
  1. Los fondos de pensiones de jubilación e invalidez y los fondos de cesantías.
  1. Los fondos parafiscales agropecuarios y pesqueros señalados en el Capítulo V de la Ley 101 de 1993, y el Fondo Nacional de Turismo –FONTUR– (antiguo Fondo de Promoción Turística) señalado en la Ley 300 de 1996.
  1. Las cajas de compensación familiar y los fondos de empleados cuando no obtengan ingresos provenientes de actividades industriales, de mercadeo y actividades financieras distintas a la inversión de su patrimonio.
  1. Las demás entidades no contribuyentes del impuesto sobre la renta, con excepción de las señaladas en el artículo 1.6.1.13.2.10. del Decreto 1625 de 2016.

Vencimientos

“las entidades que sean calificadas como grandes contribuyentes, la fecha para presentar la declaración de ingresos y patrimonio inicia el 8 de marzo de 2017 y vence entre el 10 y el 26 de abril del mismo año”

De acuerdo con los artículos 1.6.1.13.2.16 y 1.6.1.13.2.11 del Decreto 1625 de 2016 (este último modificado por el artículo 1 del Decreto de calendario tributario 220 de 2017), las entidades que sean calificadas como grandes contribuyentes, la fecha para presentar la declaración de ingresos y patrimonio inicia el 8 de marzo de 2017 y vence entre el 10 y el 26 de abril del mismo año, según el último dígito del NIT que se consigne en el RUT, sin considerar el dígito de verificación, como lo indica la siguiente tabla:

Grandes contribuyentes obligados a presentar la declaración de ingresos y patrimonio:

Último dígito del NIT

Hasta el día

0

10 de abril de 2017

9

11 de abril de 2017

8

17 de abril de 2017

7

18 de abril de 2017

6

19 de abril de 2017

5

20 de abril de 2017

4

21 de abril de 2017

3

24 de abril de 2017

2

25 de abril de 2017

1

26 de abril de 2017

Por otra parte, de acuerdo con los artículos 1.6.1.13.2.16 y 1.6.1.13.2.12 del Decreto 1625 de 2016 (este último modificado por el artículo 1 del Decreto 220 del 7 de febrero de 2017), para las entidades mencionadas que no estén calificadas como grandes contribuyentes la fecha para la presentación de la declaración de ingresos y patrimonio inicia de igual manera el 8 de marzo de 2017, y vence entre el 10 abril y 11 de mayo del mismo año, de acuerdo a los dos últimos dígitos del NIT que se reflejan en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, las siguientes fechas:

Entidades diferentes a las clasificadas como grandes contribuyentes:

Último dígito del NIT

Hasta el día

Último dígito del NIT

Hasta el día

96 al 00

10 de abril de 2017

46 al 50

27 de abril de 2017

91 al 95

11 de abril de 2017

41 al 45

28 de abril de 2017

86 al 90

17 de abril de 2017

36 al 40

02 de mayo de 2017

81 al 85

18 de abril de 2017

31 al 35

03 de mayo de 2017

76 al 80

19 de abril de 2017

26 al 30

04 de mayo de 2017

71 al 75

20 de abril de 2017

21 al 25

05 de mayo de 2017

66 al 70

21 de abril de 2017

16 al 20

08 de mayo de 2017

61 al 65

24 de abril de 2017

11 al 15

09 de mayo de 2017

56 al 60

25 de abril de 2017

06 al 10

10 de mayo de 2017

51 al 55

26 de abril de 2017

01 al 05

11 de mayo de 2017

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