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Artículo 35



Artículo 35 Las deudas por préstamos en dinero entre las sociedades y los socios generan intereses presuntivos <Artículo modificado por el artículo 94 de la Ley 788 de 2002> Para efectos del impuesto sobre la renta se presume de derecho que todo préstamo en dinero cualquiera que sea su naturaleza o denominación que otorguen las sociedades a sus socios o accionistas o estos a la sociedad genera un rendimiento mínimo anual y proporcional al tiempo de posesión equivalente a la tasa para DTF vigente a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al gravable

La presunción a que se refiere este artículo no limita la facultad de que dispone la Administración Tributaria para determinar los rendimientos reales cuando éstos fueren superiores

Nota de vigencia

Artículo modificado por el artículo 94 de la Ley 788 de 2002 publicada en el Diario Oficial No 45046 de 27 de diciembre de 2002

Concordancia

  • Artículos 188 y 260 8 del ET
  • Artículos 12175 y 12213  del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016

Jurisprudencia

  • Consejo de Estado Sentencia 21038 de junio 21 de 2018

Doctrina

  • Concepto DIAN 22582 de julio 29 de 2015
  • Concepto DIAN 019113 de marzo 21 de 2014
  • Concepto DIAN 047882 de agosto 08 de 2014
  • Concepto DIAN 019113 de agosto 08 de 2014

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