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Derecho Laboral - 10 junio, 2025
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FORMATOS - 4 junio, 2025
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Capacitación - 7 junio, 2025
Capacitación - 23 mayo, 2025
Capacitación Gratuita - 16 mayo, 2025
Artículo 835. Intervención del contencioso administrativo. Dentro del proceso de cobro administrativo coactivo, sólo serán demandables ante la Jurisdicción Contencioso – Administrativa las resoluciones que fallan las excepciones y ordenan llevar adelante la ejecución; la admisión de la demanda no suspende el proceso de cobro, pero el remate no se realizará hasta que exista pronunciamiento definitivo de dicha jurisdicción.