Una empresa colombiana instalada en zona franca desea vender y facturar en euros o dólares a clientes en Panamá, Costa Rica, Perú, Uruguay y Ecuador. La mercancía vendida, la compra y la paga en euros o dólares a sus proveedores en España, Alemania, Austria y Turquía. Los proveedores despacharán la mercancía directamente a los clientes de la empresa (es decir, la mercancía no pasa por Colombia). A nivel cambiario y de zona franca ¿es posible realizar esta operación?, ¿qué implicaciones tributarias tienen estas operaciones? A nivel tributario, ¿puedo facturar sin IVA a estos clientes?