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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Liquidador en Excel con macros del porcentaje de retención en la fuente sobre salarios, procedimiento 1 (2023)


retención en la fuente sobre salarios
Actualizado: 24 agosto, 2023 (hace 1 año)

Presentamos el liquidador avanzado en Excel con macros del porcentaje de retención en la fuente sobre salarios con procedimiento 1, el cual se aplicará sobre los pagos mensuales del 2023 realizados al trabajador por rentas laborales y no laborales.

Descárgalo y calcula el porcentaje de retención de manera rápida.

El artículo 385 del ET contiene la primera opción frente a la retención en la fuente por salarios, permitiendo que los retenedores o empleadores realicen mensualmente la siguiente depuración (en el caso de los que cobran honorarios o servicios, el procedimiento que siempre se les aplicaría es el número 1; ver los artículos 383 y 388 del ET, el primero de ellos modificado con el artículo 8 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022):

  1. Se suman todos los pagos del mes, sean o no constitutivos de salario. Más las cesantías o intereses de cesantías, cuando se cancelen o cuando sean consignadas en los fondos, pues dichos valores sí le constituirán ingreso fiscal al asalariado al final del año. Sin embargo, los empleadores nunca deben someter dichos valores a retención en la fuente (ver el artículo 1.2.1.20.7 del DUT 1625 de 2016, luego de ser sustituido con el artículo 6 del Decreto 2250 de diciembre 29 de 2017, el parágrafo 3 del artículo 135 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 22 del Decreto 841 de 1998, hoy día recopilado en el artículo 1.2.4.1.11 del DUT 1625 de 2016).
  2. Se restan los ingresos no gravados, como apoyos económicos para programas educativos recibidos del Estado (ver el artículo 46 del ET y el artículo 1.2.1.12.8 del DUT 1625 de 2016, además del Concepto Unificado 0912 de 2018), aporte obligatorio a salud y pensión calculado sobre los ingresos del mismo mes, aportes voluntarios a los fondos de pensiones obligatorios del régimen de ahorro individual (ver el artículo 55 del ET, luego de ser modificado con el artículo 31 de la Ley 2010 de diciembre 27 de 2019), etc. También se restan las deducciones (intereses en préstamos para adquisición de vivienda del trabajador, pagos a medicina prepagada, etc.) y las rentas exentas (por ejemplo, los aportes voluntarios a los fondos de pensiones y a las cuentas AFC y AVC).
  3. Se determina el porcentaje de retención que figure en la tabla contenida en el artículo 383 del ET frente al valor obtenido de acuerdo con lo previsto en el artículo 385 del mismo estatuto y dicho porcentaje se aplica a la totalidad de los pagos o abonos en cuenta gravables recibidos, directa o indirectamente, por el trabajador en el respectivo período. La cifra resultante será el «valor a retener».
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En esta herramienta de Excel automatizada con macros se establecen los cálculos que deberá realizar el agente retenedor cada mes durante el 2023, cuando hace pagos o abonos en cuenta sujetos a retención en la fuente sobre salarios a favor de personas naturales residentes que perciben rentas de trabajo (laborales y no laborales, dependientes o independientes).

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