Un contrato de agencia comercial es aquel mediante el cual un comerciante asume en forma independiente la promoción de negocios como representante o agente de un empresario nacional o extranjero.
La persona que recibe dicho encargo se denomina agente.
El contrato de agencia comercial es aquel mediante el cual un comerciante asume en forma independiente el encargo de promover o explotar negocios en un determinado ramo y dentro de una zona prefijada en el territorio nacional, como representante o agente de un empresario nacional o extranjero o como fabricante o distribuidor de uno o varios productos de este. La persona que recibe dicho encargo se denomina, genéricamente, agente.
Contenido del contrato
El contrato de agencia debe contener:
- La especificación de los poderes o facultades del agente.
- El ramo sobre el que versen sus actividades.
- El tiempo de duración de estas y el territorio en que se desarrollen.
- Inscripción en el registro mercantil.
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