¿El saldo a favor en la declaración del CREE generado por el año gravable 2016 ¿puede imputarse en la declaración de renta del año gravable 2018?
El Dr. Diego Guevara aclara que la última presentación de declaración del CREE que será presentada corresponde al año gravable 2016. Ahora bien, si en dicha declaración se genera un saldo a favor, se debe aplicar el artículo 290 del Estatuto Tributario, numeral 4, el cual establece lo siguiente:
“4. Saldos a favor. Los saldos a favor generados por el impuesto sobre la renta y complementarios y/o el Impuesto sobre la renta para la equidad -CREE, del año inmediatamente anterior a la vigencia de esta ley y que no se hayan solicitado en devolución y/o compensación, o imputado en periodos anteriores, podrán: