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Aprende con este simulador a liquidar el impuesto sobre dividendos que debe declarar una persona natural residente por los dividendos gravados recibidos de una sociedad nacional con cargo a las utilidades generadas en los ejercicios 2016 y anteriores.
¡Descárgalo y haz tus simulaciones!
El impuesto que se genera sobre los dividendos depende de varios factores; entre ellos, el ejercicio en el que se originaron dichos dividendos (años 2016 y anteriores o años 2017 y siguientes), de su calidad de gravados o no gravados, del período cuando se paguen o abonen en cuenta, del tipo de sociedad que los distribuye y del tipo de socio o accionista que los recibe.
Cabe anotar que la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 contempla ciertos cambios al respecto. No obstante, estos aplicarán sobre las declaraciones a partir del año gravable 2023 y únicamente para los dividendos del 2017 y siguientes.
Si requieres conocer como es el tratamiento de los dividendos posteriormente a la entrada en vigor de la reforma tributaria del Gobierno actual, te invitamos a descargar nuestro liquidador: Tributación sobre dividendos y cálculo de su retención luego de la Ley 2277 de 2022.
Este es un simulador del impuesto que debe declarar una persona natural residente del régimen ordinario por los dividendos gravados provenientes de una sociedad nacional (que no realiza megainversiones ni se encuentra acogida al régimen CHC), los cuales fueron recibidos en los años gravables 2024 y 2023 con cargo a utilidades generadas en los ejercicios 2016 y anteriores.
Recordemos que el impuesto sobre dichos dividendos gravados se debe registrar en la casilla 119 (impuestos sobre las rentas líquidas gravables – «Por dividendos y participaciones año 2016» [base casilla 106]) del formulario 210.
Este impuesto se debe calcular utilizando como base gravable la casilla 106 del mismo formulario, y aplicando las tarifas del artículo 1.2.1.10.3 del DUT 1625 de 2016 (modificado por el artículo 1 del Decreto 1457 de 2020).
Además, respecto a los dividendos provenientes de utilidades de ejercicios 2016 y anteriores, se debe tener en cuenta que:
Te invitamos a revisar el siguiente video, donde el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, explica la retención en la fuente sobre dividendos del AG 2024.
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