La reforma tributaria prolonga el 4 x 1.000, introduce un nuevo hecho generador del impuesto y establece la continuidad de la excepción para transacciones que no superen los 350 UVT mensuales.
La propuesta la hizo el presidente de la ANDI, Bruce Mac Master, quien indicó una serie de recomendaciones que podrían ir en la ponencia que se espera sea radicada al finalizar esta semana.
¿El 4×1000 que facturan las empresas dedicadas a gestiones de importación, puede ser considerado costos de la importación?
Antitécnico o no, el Gravamen a los Movimientos Financieros, también conocido como 4×1.000, seguiría vigente en la reforma tributaria. Mientras para unos el impuesto entorpece la bancarización, para otros es un recaudo conveniente para el Gobierno.
¿Los pagos por concepto de intereses financieros y gravamen a los movimientos financieros deben ser reportados en el formato 1732, que está siendo diligenciado por una persona natural?
El próximo 16 de noviembre, el ‘4×1000’, que nació como un tributo temporal para ayudar a solventar la crisis del sector financiero en el país, cumplirá 18 años, en medio de la expectativa por si será desmontado en la próxima reforma tributaria, pactada para finales de este año.
La exención del GMF sobre los retiros de las cuentas de ahorro, ¿también es aplicable a las personas jurídicas?
La exención del gravamen a los movimientos financieros prevista en la ley para el caso de desembolso de créditos con destino, entre otros, a la adquisición de vivienda, acorde con el numeral 11 del artículo 879 del ET, aplica tanto si el desembolso se efectúa al deudor como si se hace a un tercero, como sería el caso del constructor del inmueble, evento en el cual para que proceda la exención se requiere el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 5° del Decreto 660 de 2011.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto Número 1489 del 13 de julio de 2015 el cual establece el tratamiento del GMF para el nuevo esquema de Fondos de Inversión Colectiva.
Odiado por muchos. Así es el 4×1.000, impuesto que se mantendrá durante los próximos cuatro años. Eso sí, si es que al Gobierno no le da por modificar la normatividad como ya lo hizo en el pasado, éste se irá desmontando gradualmente y desaparecerá en 2022. En el año 2019 será 3×1.000; en 2020 2×1.000 y en 2021 1×1.000.
Es un tributo nacional instantáneo que se causa por la disposición de recursos en el sistema bancario; los agentes responsables del recaudo son las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, de Economía Solidaria y el Banco de la República; la base gravable de este gravamen se encuentra integrada por el valor total de la transacción financiera.
DIAN. Gravamen Movimiento Financiero en propiedades horizontales.