Existen diversas interpretaciones sobre las clases de accidentes que pueden sufrir los trabajadores que se dirigen al trabajo o salen de este. Por tanto, se debe determinar si es accidente profesional y lo cubre la ARL, o en su defecto, es común y lo cubre la EPS.
Los independientes están obligados a cotizar sobre la totalidad de sus ingresos, así también tengan la calidad de trabajadores dependientes. De tal manera que en caso de enfermedad o accidente, la EPS o ARL deberá pagar incapacidad sobre la totalidad de ingresos, lo contrario sería una violación al mínimo vital.
La Ley obliga al empleador a que tiene que reubicar al trabajador en el cargo que desempeñaba o en otro compatible con las capacidades que conserva tras su discapacidad, bien sea transitoria o permanente, tanto así que debe reubicar a otros trabajadores si es del caso.
De acuerdo a la discapacidad sufrida por un trabajador o por el tipo de tratamiento que está recibiendo para recuperarse de un accidente o enfermedad bien de origen común o profesional, el empleador tiene la obligación de facilitar la reubicación laboral, si ello es necesario.