Esta publicación relaciona algunos aspectos que se deben tener en cuenta al momento de liquidar y pagar las vacaciones anuales remuneradas, derecho estipulado en los artículos 136 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo.
¿Cuáles son las diferencias entre las vacaciones anticipadas y las vacaciones colectivas? ¿Qué ocurre si el trabajador presenta la carta de renuncia al poco tiempo de haber disfrutado de dichos períodos?