Hernando Bermúdez expone que el régimen de la revisoría fiscal puede modificarse por leyes ordinarias. Al analizar las normas del Código de Comercio sobre el revisor se advierte que aluden a muchas disposiciones contenidas en otros códigos y leyes. En esta opinión se realizan consideraciones al respecto.
El CTCP aclara en el Concepto 0498 de 2022 que cuando se hace referencia a los ingresos brutos, –necesarios para determinar la obligación de contar con un revisor fiscal–, no solo se está refiriendo a los producidos como resultado de las ventas, sino a los de toda enajenación clasificable en las cuentas de resultado.