Mediante la Ley 1995 de agosto 20 de 2019 el Gobierno limita el incremento del impuesto predial y fija una nueva modalidad de sistema de pago alternativo por cuotas a la que podrán acceder los contribuyentes personas naturales propietarios de bienes o predios de uso residencial.
Mediante la Ley 1995 de agosto 20 de 2019 el Gobierno limita el incremento del impuesto predial y fija una nueva modalidad de sistema de pago alternativo por cuotas, a la que podrán acceder los contribuyentes personas naturales propietarios de bienes o predios de uso residencial.
La norma también establece que los catastros ahora se regirán por el nuevo modelo del catastro multipropósito, implementado a través del artículo 79 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, y aprobado mediante el documento Conpes 3958, cuya meta es actualizar el 60 % del área catastral para 2022, y su totalidad para 2025.
Esta nueva apuesta hará que la información registrada de los predios no solo se use para el recaudo del impuesto predial. Será un servicio público a cargo de cada municipio –ya no del Instituto Agustín Codazzi–, tendrá una misión que trasciende lo fiscal y atacará la informalidad en la propiedad.
El presidente de Colombia, Iván Duque, anunció que una de las metas de la estrategia del catastro multipropósito es llegar al 60 % de la actualización predial del país, de aquí al 2022.
Comenzó la implementación del catastro multipropósito en 11 municipios del país. Este se centra en buscar información sobre la tierra con fines como: acceso al transporte, riesgo, uso del suelo, entre otros aspectos, y así generar desarrollo en las zonas rurales más afectadas por la violencia.