Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Reconocimiento bajo Estándares Internacionales de Información Financiera como costo de adquisición para los inventarios, del pago del IVA, de acuerdo al Estándar Internacional para cada grupo normativo.
En relación con los efectos contables que se generan por el recaudo y pago del IVA la entidad tendrá en cuenta lo establecido en los marcos técnicos normativos para la contabilización de los inventarios, en donde se establece que los impuestos no recuperables son registrados como mayor valor del costo de los activos.