DIAN. El beneficio establecido en el artículo 57 de la Ley 1739 del 2014 que establece condiciones especiales para el pago de impuestos, tasas y contribuciones, también aplica a las sanciones impuestas mediante resolución independientemente exigibles, por encontrarse en firme, que sin embargo, se encuentren en mora de la obligación allí determinada.
DIAN. La norma no limitaba la posibilidad de acogerse al parágrafo 4° del artículo 56 de la Ley 1739 de 2014 (ya que su plazo precluyó el 27 de febrero del 2015), por haber realizado una corrección anterior a la vigencia de la misma. No era posible eliminar sanciones e intereses, liquidados en correcciones hechas con anterioridad a la norma, teniendo como argumento un nuevo ajuste al impuesto.