La expectativa es que la ley contribuya a desestimular la indebida utilización del modelo de trabajo asociado cooperativo, del cual se ha venido echando mano para contratar servicios.
Aunque la Supersolidaria es la entidad que les seguirá expidiendo el certificado de existencia y representación legal, aun no se tiene definido cuánto cobrarán por dicho trámite. ¿Improvisación?
El pasado 30 de mayo de 2008 venció el último de los 3 aplazamientos que el Ministerio de la protección social había dado para que las Cooperativas de trabajo Asociado (CTAs) y Precooperativas de Trabajo Asociado (PCTAs) cumplieran con adaptar sus estatutos y se inscribieran ante la Supersolidaria. Las que no lo hicieron, deben liquidarse.
Son miles de personas que laboran o empresarios que vinculan personal a través de las Cooperativas de Trabajo Asociado, pero desconocemos la normatividad que regula a estas asociaciones respecto al pago de Seguridad Social y Parafiscales.
Puede exigirse la libreta militar a un asociado de una C.T.A?
Recuerdan requisitos para acceder a la pensión de invalidez por riesgo común.
Si la CTA tiene nit por haberse registrado en Cámara de Comercio, deberá incluir un certificado de existencia y representacion legal en su proceso de inscripción ante Supersolidaria. De lo contrario no.