Para efectos de la declaración de renta de personas jurídicas, los ingresos devengados contablemente durante el respectivo año gravable, según las dinámicas de los Estándares Internacionales de Información Financiera, serán válidos para efectos fiscales.
Conoce más detalles a continuación.
La Dian expidió la Resolución 000051 de 2023, mediante la cual prescribe el formato 2516 versión 4 para el reporte de conciliación fiscal del año gravable 2022 anexo del formulario 110.
Para preparar la declaración de renta es importante tener en cuenta el correcto tratamiento de los conceptos que deberán registrarse en las secciones más importantes que conforman el formulario 110, como la correspondiente al patrimonio.
Conoce aquí los detalles más importantes.
El formulario 110 virtual permite modificar manualmente los renglones 84 (impuesto sobre la renta líquida gravable) y 94 (impuesto neto de renta), lo cual facilitará a muchos cumplir los requisitos del artículo 689-3 del ET y obtener el beneficio de auditoría para su declaración del año gravable 2022.
El 10 de abril de 2022 comenzarán los vencimientos de los plazos para presentar la declaración de renta de personas jurídicas correspondiente al año gravable 2022.
Para la preparación de esta declaración es indispensable tener en cuenta las generalidades que te presentamos a continuación.
La Ley 2277 de 2022 creó otra sobretasa al impuesto de renta que deberán pagar algunas personas jurídicas que desempeñen actividades económicas específicas relacionadas con explotación de recursos naturales, entre otras.
Aquí te contamos en qué consisten y quiénes deben liquidarlas.
Mediante la Resolución 000022 de 2023, la administración del gobierno de Gustavo Petro, a diferencia de los gobiernos de Santos y de Duque, decidió cambiar radicalmente el lugar para liquidar la sobretasa del impuesto de renta de las personas jurídicas dentro del formulario 110, lo cual provocará al menos 4 graves problemas.
Las normas que reglamentan el régimen simple disponen que el anticipo al impuesto de renta del año siguiente liquidado en una declaración de renta se puede arrastrar a la declaración anual del SIMPLE. Pero no se puede hacer lo mismo ni con las pérdidas ni con los saldos a favor.
Para la aceptación fiscal de costos y gastos, la norma de bancarización precisa que el pago debe ser efectuado mediante canales financieros.
Tras la polémica generada por su interpretación inicial, la Dian reconsideró su postura y validó a Nequi y Daviplata como medios de pago para el soporte de costos.
Dependiendo de si al cierre del 2022 las personas jurídicas eran contribuyentes o no del impuesto de renta, o de si pertenecían al régimen ordinario o especial, las normas vigentes indicarían que existirían cuatro casos en los que no es obligatorio liquidar el anticipo al impuesto de renta del AG 2023.
Mediante la Resolución 000022 de 2023 la Dian prescribió el formulario 110 para la presentación de la declaración del impuesto de renta de personas jurídicas y asimiladas, así como de personas naturales no residentes, correspondiente al año gravable 2022 y fracción de 2023
En el proyecto de resolución del 1 de febrero de 2023 se indica que la sobretasa cambiaría de sitio y ahora quedaría sumando dentro del “total impuesto a cargo”, lo cual corrige el error que tuvo el formulario 110 de los años gravables 2020 y 2021.
Sin embargo, será un error que ahora la sobretasa sume dentro del total impuesto neto de renta.