En esta publicación se analiza en qué consiste el denominado piso de protección social, reglamentado a través del Decreto 1174 de 2020 expedido por el Ministerio del Trabajo.
El piso de protección social, reglamentado por el Decreto 1174 de 2020, busca que las personas que no logran acceder al sistema de seguridad social integral cuenten con un servicio complementario básico.
Entre los aportes a la seguridad social está el de la ARL, el cual tiene como finalidad asegurar al trabajador en caso de presentarse una enfermedad laboral o un accidente durante el desarrollo de las actividades asignadas por la empresa.
A continuación, se mencionan algunos aspectos relacionados con los trámites y la gestión de incapacidades por parte del empleador, como, por ejemplo, el cambio y la afiliación de beneficiarios a la EPS.
¿El piso de protección social puede ser aplicado por trabajadores dependientes e independientes?
¿El piso de protección social realmente permite la contratación por horas?
¿Los trabajadores del servicio doméstico pueden ser beneficiarios del piso de protección social?
¿En cuál entidad se debe hacer la afiliación y el pago para acceder al piso de protección social?
¿Qué papel juega la UGPP en la aprobación del piso de protección social reglamentado por el Decreto 1174 de 2020?
¿Las personas acogidas al piso de protección social tienen derecho al reconocimiento de la pensión por vejez, invalidez o de sobrevivencia?
A continuación, la abogada Angie Marcela Vargas, especialista en temas laborales y de seguridad social, resuelve inquietudes relacionadas con el piso de protección social en Colombia, reglamentado por el Decreto 1174 de 2020.
¿Los trabajadores que pertenezcan al piso de protección social pierden el derecho al pago de prestaciones sociales?